Periódico Oficial de Morelos del 15/5/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

15 de mayo de 2019

PERIÓDICO OFICIAL

EXPEDIENTE T.U.A. 49: 647/2018
POBLADO: CUAUTLA
MUNICIPIO: CUAUTLA
ESTADO: MORELOS
EDICTO
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Unitario Agrario.
MARÍA DEL ROSARIO PLIEGO TAMAYO.
PRESENTE
Con fundamento en el artículo 173 párrafo segundo, de la Ley Agraria, al no contar este Tribunal con el domicilio de MARÍA DEL ROSARIO PLIEGO
TAMAYO, EMPLÁCESE por medio de EDICTOS, que deberán publicarse por dos veces dentro de un plazo de diez días en uno de los Diarios de Mayor Circulación en la región en que se encuentra enclavado el poblado de Cuautla, municipio de Cuautla, Morelos, en la Gaceta Oficial del Gobierno del estado de Morelos; en la Oficina de la Presidencia Municipal de Cuautla, municipio de Cuautla, Morelos y en los ESTRADOS de este Tribunal Unitario Agrario Distrito 49, para que se le haga saber el juicio promovido por MIRNA AZUCENA PACHECO
PLIEGO, mediante el cual demanda que ha operado en su favor la prescripción positiva, respecto de la parcela número 1563 Z-1 P-1, dentro del núcleo agrario que nos ocupa; lo anterior, para que produzca contestación a la demanda entablada en su contra y ofrezca las pruebas que a su interés corresponda, a más tardar el día de la audiencia prevista por el artículo 185 de la Ley Agraria a cuyo efecto desde este momento se fijan las ONCE HORAS DEL DÍA
VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, en las oficinas que ocupa este Tribunal, localizadas en calle General Gabriel Tepepa, número 115, colonia Emiliano Zapata, en Cuautla, Morelos, bajo apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por perdido su derecho y se podrán tener por ciertas las afirmaciones de su contrario; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la sede de este Unitario, ya que de no hacerlo, las subsecuentes aún las de carácter personal se le harán por medio de estrados; haciéndole de su conocimiento que quedan a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional las copias de traslado y los autos del expediente para que se imponga de su contenido. Las notificaciones practicadas en la forma antes prevista surtirán efectos una vez transcurridos quince días, a partir de la fecha de la última publicación.
El presente Edicto debe publicarse por DOS
VECES dentro de un plazo de DIEZ DÍAS en uno de los Diarios de mayor circulación en la región en que se encuentra enclavado el poblado Cuautla, municipio de Cuautla, estado de Morelos, en la Gaceta Oficial del Gobierno del estado de Morelos, en la Oficina de la Presidencia Municipal de Cuautla, municipio Cuautla, Morelos y en los Estrados de este Tribunal Unitario Agrario, Distrito 49.
H. Cuautla, Morelos, 24 de abril de 2019.
ATENTAMENTE
SECRETARIO DE ACUERDOS DEL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 49.
RÚBRICA.
1-2

Página 167

EDICTO
CAUSAHABIENCIA
DE
HERIBERTO
MARQUINA OCAMPO Y/O EDIBERTO MARQUINA
OCAMPO.
En los autos del Juicio Agrario 15/2019, relativo a la Controversia Agraria, el Tribunal Unitario Agrario Distrito 18, dictó un acuerdo el día cinco de abril del dos mil diecinueve, que en su parte conducente, dice:
Toda vez que de autos se advierte que el finado HERIBERTO MARQUINA OCAMPO y/o EDIBERTO MARQUINA OCAMPO, no celebró matrimonio, no registró hijo alguno, y sus ascendientes son finados, se ordena con fundamento en el artículo 173 de la Ley Agraria, el emplazamiento por edictos a la causahabiencia de HERIBERTO MARQUINA
OCAMPO y/o EDIBERTO MARQUINA OCAMPO, los cuales deberán de publicarse por dos veces dentro del término de diez días en uno de los Diarios de Mayor Circulación en Cuernavaca, Morelos, en el Periódico Oficial del estado de Morelos, así como en la Oficina de la Presidencia Municipal que corresponde y en los Estrados de este Tribunal, haciéndole saber que quedan a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaría de Acuerdos de este Unitario, para que comparezca a deducir los derechos que a sus intereses convenga, respecto de la presente controversia a más tardar en la audiencia de ley que se programa para que tenga verificativo a las NUEVE
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA
CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE, ello en atención a la carga de trabajo como a la agenda de este Tribunal, fecha en que tendrá verificativo la audiencia prevista en el artículo 185 de la Ley Agraria, sito en calle Coronel Ahumada, número 100, esquina Luis Spota, colonia Lomas del Mirador, Cuernavaca, Morelos, para que conteste la demanda, ofrezca pruebas y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por perdido su derecho y por ciertas las afirmaciones de su contraria, tal como lo prevé los dispositivos 185 fracción V de la Ley Agraria, en correlación con el 288 del Código Federal de Procedimientos Civiles de Aplicación Supletoria a la ley de la materia, y de no señalar domicilio, las demás notificaciones, aún las de carácter personal, le serán hechas mediante los estrados de este Tribunal, conforme lo dispuesto en el numeral 173, antes referido ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL
DISTRITO 18
CUERNAVACA, MORELOS, A 5 DE ABRIL 2019.
EL SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. JUAN CARLOS MAGOS HERNÁNDEZ
RÚBRICA.
1-2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 15/5/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha15/05/2019

Nro. de páginas168

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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