Periódico Oficial de Michoacán del día 9/4/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Michoacán

PÁGINA 4
fijados en la convocatoria.

Artículo 18.- El aspirante a una beca Municipal deberá acudir de manera personal a pedir el formato de solicitud correspondiente, si tiene 18 o más años cumplidos; para el caso contrario, deberá hacerse acompañar de sus padres, su tutor o de quien ejerza la patria potestad.
Artículo 19.- Los requisitos mínimos que deberá contener la solicitud, son los siguientes:

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

PERIÓDICO OFICIAL

Jueves 9 de Abril de 2020. 1a. Secc.

I.

Nombres y Apellidos del solicitante;

II.

Domicilio del solicitante;

III.

Número telefónico de Casa o Celular;

IV.

Nivel educativo;

V.

Institución en la que estudia o está próximo a ingresar;

VII.

Nombres y domicilio de los padres, tutores o de quienes ejerzan la patria potestad;

Artículo 21.- La solicitud deberá realizarse y la documentación deberá entregarse, dentro del periodo fijado en la convocatoria, en la oficina de Regidores. En ningún caso se aceptarán solicitudes o documentación fuera del tiempo determinado al igual que documentación incompleta.
Artículo 22.- El Comité de becas Municipales, podrá practicarle al solicitante, un cuestionario Estudio Socioeconómico para verificar la condición económica en la que se encuentra o en su defecto una entrevista con el solicitante.
Artículo 23.- Para el caso de que el Comité de becas Municipales lo considere pertinente podrá llevar acabo visitas domiciliarias, para realizar las diligencias necesarias tendientes a verificar la situación socioeconómica o bien que la información proporcionada por el aspirante o becario, según el caso sea verídica; para lo cual nos brindara el apoyo la trabajadora social perteneciente al DIF
Municipal. Como parte del comité de becas
L A
G E
L

SECCIÓN TERCERA
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS

VIII.

Ocupación de los padres, tutores o de quienes ejerzan la patria potestad; y cantidad de dependientes económicos a su cargo;

IX.

Si se encuentra o no recibiendo el beneficio de otras becas o apoyos económicos similares;

X.

Respecto a la información proporcionada; las manifestaciones que el solicitante haga, sean bajo protesta de decir verdad; y,
Artículo 24.- Concluido el periodo de entrega y recepción de formatos de solicitud y documentación, el Comité de becas Municipales, llevará a cabo la evaluación de las solicitudes recibidas para seleccionar a los beneficiarios de las Becas, tomando en cuenta lo siguientes puntos:
I.

Situación económica de la familia del aspirante, en base al salario que perciban los padres, el tutor o quienes ejerzan la patria potestad, y número de dependientes económicos;

R
O L
A V
II.

Ocupación de los padres, el tutor o quienes ejerzan la patria potestad;

Los demás datos que determine el Comité de becas Municipales en el formato correspondiente.

III.

Lugar donde habita el solicitante, zona rural o urbana y las condiciones en las que viven;

Artículo 20.- Al acudir a entregar la solicitud correspondiente, el aspirante deberá presentar la siguiente documentación:

IV.

Si la casa-habitación en que viven es propia o arrendada;

V.

Promedio de aprovechamiento escolar;

VII.

Si es madre soltera; y,
VI.

Las demás que llegue a considerar el H. Ayuntamiento, a través del el Comité de becas Municipales en este aspecto o la comisión de Educación.

XI.

I.

Copia de la credencial de elector vigente del aspirante y, en su caso de padre, de madre, del tutor o de quien ejerza la patria potestad;

N
I S

II.

Copia del Acta de Nacimiento del Solicitante;

III.

Copia de la Clave Única del Registro de Población CURP
del solicitante;

IV.

A
I P
O C

Copia del Comprobante reciente de domicilio recibo de agua, luz, teléfono, predial, etc.;

V.

Constancia de estudios con el promedio de calificaciones o Boleta de calificación vigente expedida por la institución educativa;

VI.

Carta de residencia; y,
VII.

Las demás que le requiera el Comité de becas Municipales que se fijen en la convocatoria correspondiente.

SECCIÓN CUARTA
LISTA OFICIAL DE BECARIOS
Artículo 25.- Del resultado de la evaluación de solicitudes, el Comité de becas Municipales, generará un listado con aquellos aspirantes que hayan resultado electos para obtener una Beca Municipal, los cuales firmaran una carta compromiso en la que se van a manifestar como sabedores de los requisitos de permanencia, señalados en el artículo 29 de este reglamento.
Artículo 26.- La lista oficial de beneficiarios deberá publicarse en el tablero que se encuentra a un costado de la entrada a las instalaciones de la presidencia municipal, en la página oficial del

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Michoacán del día 9/4/2020

TítuloPeriódico Oficial de Michoacán

PaísMéxico

Fecha09/04/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones6992

Primera edición04/01/1954

Ultima edición10/05/2024

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