Periódico Oficial de Chiapas del 20/5/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

miércoles 20 de mayo de 2020

Periódico Oficial No. 104

SGG-ID-PO10780

PUBLICACIONES ESTATALES
Secretaría General de Gobierno Coordinación de Asuntos Jurídicos de Gobierno Unidad de Legalización y Publicaciones Oficiales DECRETO NÚMERO 225
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber:
Que la Honorable Sexagésima Séptima Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 225
La Honorable Sexagésima Séptima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y CONSIDERANDO
Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo con el pacto federal.
Las licencias de paternidad buscan proporcionar igualdad de derechos y responsabilidades en hombres y mujeres, y contribuyen a fomentar responsabilidades familiares compartidas dentro de los hogares.
Razón por la cual, es necesario que se propongan medidas concretas que fomenten responsabilidades familiares compartidas entre madres y padres trabajadores, particularmente, y al menos, a través de proporcionar licencias de paternidad a los padres trabajadores con similar número de días que tienen las licencias de maternidad.
La Organización de las Naciones Unidas señala que el 98.9% de los países tienen leyes sobre licencia de maternidad y sólo el 43% sobre licencias de paternidad. Cabe destacar que 10 de los 34
países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE: Bélgica, Corea del Sur, Croacia, Francia, Islandia, Japón, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia, conceden licencias de paternidad superiores a las siete semanas.
Por ejemplo Suecia otorga licencias familiar o parental para ambos progenitores así como otros beneficios para madres y padres trabajadores que exceden por mucho las medidas de los países latinoamericanos y otros países europeos. Otorga a ambos padres más de un año de licencia familiar o parental con goce de sueldo, que son intransferibles entre ellos y pueden usarse en cualquier momento antes de que el hijo cumpla 8 años, así también otorga 60 días al año de licencia por enfermedad infantil.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 20/5/2020

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha20/05/2020

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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