Periódico Oficial de Chiapas del 17/4/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

viernes 17 de abril de 2020

Periódico Oficial No. 098

SGG-ID-PO10628

Publicación No. 0872-A-2020

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59, fracción IX y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, fracciones II, III y XV, 4, fracción IV, 6 fracciones I y V, 13, apartado B, fracciones I, IV, VI, 33, fracción I, 134, fracciones II y XIV, 140, 141, 143, 148, 150, 152, 402 y 404 de la Ley General de Salud; y,
Considerando Con fecha 27 veintisiete de marzo de 2020 dos mil veinte, se publicó en el Periódico Oficial número 094 del Estado, el Decreto por el que se instituyen medidas y acciones para la prevención, detención, contención, control, retraso y reducción del contagio y propagación del virus denominado COVID-19 en el Estado de Chiapas.
El citado decreto tiene por objeto Salvaguardar la salud pública, satisfacer las necesidades primordiales de la población del Estado de Chiapas y procurar el bienestar de la colectividad; así como la suspensión de labores en la Administración Pública Estatal en aquellas áreas que no resulten esenciales, con la finalidad de hacer frente de forma oportuna y eficaz a la contingencia sanitaria derivada de la propagación y contagio del virus denominado COVID-19.
En el Artículo Primero Transitorio del decreto, se establece que la suspensión de labores esenciales de la Administración Pública del Estado de Chiapas, comprendería el periodo del veintisiete de marzo, al 17 diecisiete de abril de 2020 dos mil veinte; haciéndose énfasis de que, caso de considerarse necesario y derivado del avance de la contingencia sanitaria que motivó expedición, el Ejecutivo del Estado emitiría las medidas complementarias pertinentes.

no 27
en su
La Secretaría de Salud del Gobierno Federal, ha determinado que como nuestro país aún se encuentra en etapa de alto riesgo de contagio del nuevo Coronavirus, es necesario ampliar los plazos sobre las medidas de contención y el periodo de suspensión de actividades no esenciales, al 17
diecisiete de mayo de 2020 dos mil veinte en las zonas de baja o nula transmisión, y al 30 treinta de mayo de 2020 dos mil veinte en las zonas de alta transmisión.
En otro aspecto, en el Transitorio Tercero del aludido decreto, el Ejecutivo a mi cargo exhortó, entre otras autoridades, a los Ayuntamientos del Estado de Chiapas, a replicar las medidas de contención 2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 17/4/2020

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha17/04/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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