Periódico Oficial de Chiapas del 27/11/2014

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

Jueves 27 de Noviembre de 2014

Periódico Oficial No. 152

Publicaciones Estatales:
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto Número 036
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Quinta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
Decreto Número 036
La Honorable Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política local; y, Considerando Que el artículo 30, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no estén reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes, conforme a leyes federales.
Primero.- El 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma y adiciona los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII, del artículo 73; la fracción VII, del artículo 115; y, la fracción XIII, del Apartado B, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo.- El sistema procesal penal acusatorio, previsto en los artículos 16, párrafo segundo y décimo tercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; y 19, 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entrará en vigor en todo el país, según el artículo segundo transitorio de dicho Decreto, en un plazo que no debe exceder de ocho años, contados a partir del día siguiente de la publicación del mismo.
Tercero.- El 8 de octubre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma la fracción XXI, inciso c, del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante el cual se otorgó facultad al Congreso de la Unión para, entre otros aspectos, expedir la legislación única en materia procedimental penal, estableciéndose, además, en el artículo segundo transitorio del mismo Decreto de reforma constitucional, que dicha legislación entrará en vigor en toda la República a más tardar el 18 de junio de 2016.
Cuarto.- El 5 de marzo de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual incluye la Declaratoria de incorporación al mismo del 3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 27/11/2014

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha27/11/2014

Nro. de páginas164

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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