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Periódico Oficial de Chiapas del 4/5/2016 - Sección Quinta
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Quinta
Miércoles 04 de Mayo de 2016
Periódico Oficial No. 235-5a. Sección
Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales Decreto Número 207
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
Decreto Número 207
Considerando
E
La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política local; y,
M
PL
Que el artículo 30, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, conforme a las leyes federales.
A
SI
Que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 y 15, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, la Junta de coordinación política, es la expresión de pluralidad del Poder Legislativo, la cual posee la facultad de presentar ante el pleno del congreso, los proyectos de punto de acuerdo, pronunciamientos, declaraciones e iniciativas de carácter general.
O
PI
Que el Congreso del Estado, es un Ente Colegiado en donde se encuentran representados cada uno de las y los Chiapanecos, siendo esto sinónimo de pluralidad y democracia, trabajando arduamente para el beneficio de cada uno de ellos, sin distingo alguno.
C
El Poder Legislativo discute y asume determinaciones en nombre y representación de los ciudadanos, lo que conlleva a priorizar que la legislatura se encuentre dotada de los medios adecuados para su buen funcionamiento y eficiente desempeño.
Desde el inicio de la Sexagésima Sexta Legislatura, el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha venido realizando una serie de acciones legislativas encaminadas al fortalecimiento de nuestro Estado en todos sus sectores, a través de la coordinación y concertación de los tres órdenes de gobierno desde la percepción de la problemática hasta el interés común por compartir las acciones estratégicas de atención integral, en los ámbitos estatal y municipal.
Técnicamente lo anterior queda sustentado con la aprobación de leyes y reformas encaminadas a lograr una mejor y mayor certeza jurídica en el Estado, velando siempre por la seguridad de todos y cada uno de los chiapanecos, lo que se refleja en la productividad del Congreso del Estado y los notables avances en materia legislativa.
Por lo anteriormente expuesto, resulta necesario modificar las atribuciones del Congreso del Estado, reformando la Constitución Política local para que el Poder Legislativo si así lo requiere pueda 21