Periódico Oficial de Chiapas del 5/6/2019 - Sección Cuarta

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

miércoles 05 de junio de 2019

Periódico Oficial No. 037 4a. Sección
Que las atribuciones encomendadas a la Consejería Jurídica del Gobernador, revisten especial importancia en el cumplimiento de las funciones a cargo del Poder Ejecutivo del Estado; mismo que para la expedición de normatividad, la celebración de convenios y en la vigilancia en el cumplimiento de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en el ámbito jurídico procesal, por parte de las Dependencias y Entidades, se auxilia de las labores encomendadas a dicho organismo auxiliar.
En razón de lo anterior, resulta prioritario emitir el presente Reglamento Interior, en el cual se definirá de manera precisa, la estructura orgánica que ha de integrar a la Consejería Jurídica del Gobernador, así como las atribuciones que corresponderán a los titulares de los Órganos Administrativos, otorgándoles con ello certeza jurídica en su actuar, con la única finalidad de llevar a cabo las acciones que resulten necesarias para dar debido cumplimiento a su objeto.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir el siguiente:

Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Gobernador Título Primero Disposiciones Generales Capítulo Único Del Ámbito de Competencia Artículo 1.- Las disposiciones del presente Reglamento Interior son de orden público, interés general y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a la Consejería Jurídica del Gobernador, las cuales tienen por objeto regular las bases para la organización, funcionamiento y competencia de los Órganos Administrativos que la integran.
Artículo 2.- La Consejería Jurídica del Gobernador, es un Organismo Auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas, que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, el Decreto por el que se crea la Consejería Jurídica del Gobernador, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables, dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 3.- La Consejería Jurídica del Gobernador, tiene como objeto, principalmente, la representación legal de los asuntos en que el Gobernador del Estado sea parte, así como lo relativo a la coordinación, ejecución y aplicación de los programas y acciones de actualización y mejora de la normatividad jurídica, asesoría legal, implementación y simplificación del orden normativo jurídico local, la definición y difusión de criterios administrativo-legales y demás determinaciones jurídicas que, como lo determina la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, serán vinculantes y de observancia normativa para todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, por lo que, todo documento que éstas sometan a firma del Ejecutivo Estatal, deberá contar previamente con la validación del Consejero Jurídico del Gobernador.
Además de lo anterior, podrá prestar apoyo y asesoría en materia jurídica a los Municipios que lo soliciten.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 5/6/2019 - Sección Cuarta

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta

PaísMéxico

Fecha05/06/2019

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones84

Primera edición06/06/2007

Ultima edición28/12/2022

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