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Periódico Oficial de Chiapas del 7/1/2009 - Sección Cuarta
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Cuarta
Periódico Oficial No. 137-4a. Sección
Miércoles 07 de Enero de 2009
Publicación Estatal:
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
JUAN SABINES GUERRERO, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 42, fracción V, 43 y 44 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 5, 8 y 9, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 6 y 7, de la Ley de Concesiones de Servicios e Infraestructura Pública para el Estado de Chiapas; y, CONSIDERANDO
Que el ejercicio de la Administración Pública, corresponde originalmente al Gobernador del Estado, quien lo ejerce directamente o a través de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en términos de las atribuciones asignadas al respecto en la Constitución Política del Estado de Chiapas y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
Bajo ese contexto, es menester que mediante el presente Acuerdo, se delegue la facultad en caso de ser procedente de acuerdo a la legislación aplicable al caso en concreto, de otorgar a los particulares mediante concesión la explotación de bienes propiedad del Estado, o la prestación de servicios públicos, para que sea ejercido por el Titular de la Secretaría de Infraestructura.
Que por las consideraciones anteriormente expuestas y, en ejercicio de las facultades que me confieren los ordenamientos jurídicos señalados, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, DELEGA AL
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, LAS ATRIBUCIONES A QUE SE REFIERE EL
PRESENTE INSTRUMENTO.
Único.- Se delega en el Titular de la Secretaría de Infraestructura, la facultad de otorgar a los particulares mediante concesión la explotación de bienes propiedad del Estado, o la prestación de servicios públicos cuando así proceda con arreglo a la legislación aplicable, realizando todos aquellos trámites y procedimientos que correspondan desde su inicio y hasta su conclusión.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que tengan similar o menor jerarquía que el presente y se opongan al mismo.
TERCERO.- El presente Acuerdo que se expide se ubicará en los archivos de la Secretaría de Infraestructura.
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