Periódico Oficial de Chiapas del 11/9/2019 - Sección Tercera

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

miércoles 11 de septiembre de 2019

Periódico Oficial No. 055 3a. Sección
Constancia de Reconocimiento de Pensión por Vejez, emitida en Oficio No.
ISSTECH/DG/SPS/00340/2019, de fecha 07 de Enero de 2019, por la Dirección General del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas; 6.- Copia fotostática de Constancia de Sueldos; 7.- Copia fotostática del Periódico Oficial No. 001, Tomo III, de fecha Miércoles 12 de Diciembre de 2012, en el que se difundió los Lineamientos para el Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, con No. de Publicación 002-A-2012; y CONSIDERANDO
I.- Que es constante preocupación del Gobierno del Estado de Chiapas, proporcionar toda protección económica al empleado público de confianza, que como trabajador está sujeto al desgaste orgánico funcional ocasionado por el transcurso del tiempo.
II.- Que después de haber analizado la documentación presentada por el C. JOSE ANGEL DE LA
CRUZ CANCINO, ha quedado plenamente demostrado que como trabajador de confianza al servicio del Gobierno del Estado de Chiapas, ha generado una antigedad de 15 años, 0 meses y 14 días, como trabajador de confianza; y que teniendo actualmente 58 años de edad, cumple con los requisitos de Antigedad y Edad, previstos en el artículo 109 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, en relación con los artículos 1º, 4º, 5º, 13, fracciones I, II, 14, fracciones I, II, 15, 16, 17, 18, 19, 20, y demás aplicables de los Lineamientos para el Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, para solicitar dicho pago.
III.- Que el C. JOSE ANGEL DE LA CRUZ CANCINO, en virtud del desempeño de las diversas funciones que le fueron encomendadas, siempre se condujo con alto sentido de probidad, responsabilidad, lealtad e institucionalidad, por las consideraciones anteriores; se:
ACUERDA
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 1, 2 y 51 fracción XI, de la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas; 5 fracción I, 109 y 6º Transitorio, de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas; 13, fracciones I, II, 14, fracciones I, II
y 15 de los Lineamientos para el Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, se concede al C. JOSE ANGEL DE LA CRUZ CANCINO, el Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, solicitado.
SEGUNDO: El importe mensual del Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, en términos de lo dispuesto por el artículo 16 de los Lineamientos para el Pago del Complemento Nominal a la Pensión por Vejez, en relación con los artículos 102 y 110 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, será el equivalente al 45.5% que es la diferencia del pago de la Pensión por Vejez otorgada por el Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, para complementar el 100% del sueldo total mensual percibido por el peticionario, y que corresponde a la cantidad de $ 9,123.96 NUEVE MIL CIENTO
VEINTITRES PESOS 96/100 M.N., por lo que una vez aplicando el porcentaje mencionado en primer término, la pensión quedará integrada de la siguiente manera:
SUELDO PERSONAL SINDICALIZADO

$ 3,227.75

PRIMA QUINQUENAL POR AÑOS DE SERVICIO EFECTIVOS

$

229.78

PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE BUROCRACIA

$

596.05

63

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 11/9/2019 - Sección Tercera

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaísMéxico

Fecha11/09/2019

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones241

Primera edición20/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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