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Periódico Oficial de Chiapas del 12/9/2018 - Sección Tercera
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera
miércoles 12 de septiembre de 2018
Periódico Oficial No. 394 3a. Sección
Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique, circule y se dé el debido cumplimiento al presente Decreto.
Dado en el Salón de Sesiones Sergio Armando Valls Hernández del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas a los 12 días del mes de Septiembre del año dos mil Dieciocho.- D. P. C. FABIOLA RICCI DIESTEL.- D. S. C.
ELIZABETH ESCOBEDO MORALES.- Rúbricas De conformidad con la fracción I del artículo 59 de la Constitución Política Local y para su observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 12 días del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho.
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas.- Mario Carlos Culebro Velasco, Secretario General de Gobierno.- Rúbricas
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