Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2016 - Sección Tercera

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

Miércoles 15 de Junio de 2016

Periódico Oficial No. 242-3a. Sección
a través del Periódico Oficial número 217, de fecha 31 de diciembre de 2015, bajo el Decreto número 046, por el que se derogan diversas disposiciones del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas; en tal sentido, se deroga dicha atribución.
Asimismo, y derivado de que el Honorable Congreso del Estado, aprobó en días pasados el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, publicado con fecha 02 de marzo de 2016, en el Periódico Oficial número 226 Tercera Sección; por virtud del cual, se aíslan de la competencia de la Secretaría de Hacienda, las disposiciones en materia de cálculo de nómina, pago de sueldos, prestaciones en general y compensaciones; regulación de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones; así como lo relativo a la relación entre el Poder Ejecutivo del Estado y sus servidores públicos entre otros, creando el órgano denominado Oficialía Mayor del Estado de Chiapas.

PL

E

Que una de las responsabilidades básicas de la Administración Pública es garantizar que los proyectos de inversión pública se orienten a la disminución del rezago social y se prioricen con base en su rentabilidad social y alineación al Sistema Estatal de Planeación Democrática.

SI

M

En ese orden de ideas y al ser la Inversión Pública una de las actividades esenciales y ligadas a todo régimen de gobierno, ya que resulta el medio que encamina la ejecución de obras, programas, acciones y objetivos que tiendan a promover beneficios a la sociedad y coadyuvar al desarrollo del Estado, por este hecho es de suma importancia que la Secretaría de Hacienda sea la dependencia normativa que se encargue de fijar las estrategias normativas para alcanzar una participación mayoritaria e incluyente de todos los sectores de la población.

O

PI

A

En mérito de lo anterior, la Secretaría de Hacienda llevará a cabo la coordinación para la integración del programa de inversión del Gobierno del Estado, así como los procesos de validación y coadyuvará en la realización de los estudios de costo beneficio de los programas y proyectos que presenten los organismos públicos en apego a las políticas públicas de planeación nacional y estatal.

C

De la misma manera será la encargada de administrar la aportación estatal de los programas y proyectos derivados de los convenios y acuerdos de coordinación correspondientes al Ramo 20, así como de coordinar el proceso operativo del programa de infraestructura básica para la atención de los pueblos indígenas.
Por las consideraciones antes expuestas el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido a bien emitir el siguiente:
Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas Artículo Único.- Se Reforma el artículo 29; y Se Derogan las fracciones XXIV y XXVI del artículo 30-A, todos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, para quedar redactados de la forma siguiente:
Artículo 29.- Al titular de la Secretaría de Hacienda, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2016 - Sección Tercera

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaísMéxico

Fecha15/06/2016

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones241

Primera edición20/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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