Periódico Oficial de Chiapas del 17/6/2015 - Sección Tercera

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

Miércoles 17 de Junio de 2015

Periódico Oficial No. 184-3a. Sección
La Convención sobre los Derechos del Niño CDN adoptada de forma unánime por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer instrumento internacional que establece que todas las niñas, niños y adolescentes, sin ninguna excepción, tienen derechos y que su cumplimiento es obligatorio para todos los países que la han firmado, incluido México, que la ratificó en septiembre de 1990. Con la CDN, los niños y niñas dejan de ser simples beneficiarios de los servicios y de la protección del Estado, pasando a ser concebidos como sujetos de derecho. Al firmar la CDN, los países asumieron el compromiso de cumplir cabalmente con sus disposiciones, adecuar sus leyes a estos principios, colocar a la infancia en el centro de sus agendas a través del desarrollo de políticas públicas y a destinar el mayor número de recursos posibles para la niñez y la adolescencia.

SI

M

PL
E

La CDN establece los derechos de los niños, niñas y adolescentes en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Los cuatro principios fundamentales de la Convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño.
Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.

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O
PI

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Declaración Universal de los Derechos del Niño. Firmado por el Estado Mexicano 20/11/1959
Declaración Universal de Derechos Humanos. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948
Convención sobre los Derechos del Niño. Ratificado por el Senado 25/01/1991
Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ratificado por el Senado 07/05/1981
Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional.
Ratificado por el Senado 24/10/1994
Convención Interamericana sobre Conflicto de Leyes en Materia de Adopción de Menores.
Ratificado por el Senado 21/08/1987
Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias. Ratificado por el Senado 18/11/
1994
Convención Interamericana sobre la Restitución Internacional de Menores. Ratificado por el Senado 18/11/1994
Convención Internacional sobre Protección de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares Publicada en el DOF el 13 de agosto de 1999.

C

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A

En el ámbito internacional, largo es el camino recorrido con respecto al reconocimiento de las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, el marco jurídico internacional que México ha suscrito en materia de Derechos humanos, específicamente tratándose de niñez, lo constituye:

Todo ello considerando además que, a partir del 4 de diciembre del año 2014, el Estado Mexicano cuenta con una legislación general en esta materia, así, el Ejecutivo Federal, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 17/6/2015 - Sección Tercera

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaísMéxico

Fecha17/06/2015

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones241

Primera edición20/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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