Periódico Oficial de Chiapas del 2/4/2014 - Sección Tercera

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

Periódico Oficial No. 095-3a. Sección
Miércoles 02 de Abril de 2014

Publicaciones Estatales:
Publicación No. 507-A-2014
Lic. Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 44 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, así como los artículos 5 y 8
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas. Asimismo, para dar cumplimiento a la normatividad estatal en los Artículos 11 fracción I; 13 fracción III, IV y XIX; 14 fracción IV, V y VIII, y 94, primer párrafo de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Chiapas, y de conformidad con lo establecido por los artículos 311 Fracción II y 314, del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas;
Considerando Que en el marco de la II Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública 2012, el Gobierno Federal aseguró que lo importante es dar resultados y cumplir con el objetivo de darle paz y tranquilidad a la sociedad mexicana, de manera especial, reduciendo la violencia tal y como lo establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo determinado en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, que señalan que la Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios.
Al respecto, en el marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de los tres niveles de Gobierno, la coordinación será el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública, pues de manera conjunta deberán integrar éste, cumpliendo sus objetivos y metas, mediante la formulación de políticas integrales, sistemáticas y continuas, ejecutando programas y estrategias, a las que debe darse un seguimiento y evaluación con el afán de cumplir con los fines de la Seguridad Pública.
Con base en lo anterior, el Ejecutivo del Estado ha hecho el compromiso solidario de trabajar en coadyuvancia con los otros niveles de gobierno en beneficio de los habitantes de la Entidad, con la finalidad de garantizar un estado de derecho, fundamentando su actuar en la seguridad de los gobernados;
por tal motivo, se han realizado gestiones ante el Gobierno Federal, relativos a los fondos de Seguridad Pública, haciéndose la distribución de éstos entre los distintos rubros de gasto del Sistema Nacional de Seguridad Pública aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública; los que de conformidad con el numeral 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, se destinarán a un fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios en el rubro de Seguridad Pública, cuya ministración la otorgará el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de sus objetivos, según lo dispuesto por los artículos 25 fracción VII, 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, recursos que deberán aplicarse conforme a los Programas Estatales derivados del Programa Nacional de Seguridad Pública.
En tal virtud, el Consejo Estatal de Seguridad Pública a través del Secretario Ejecutivo, será el responsable de brindar las asesorías que se consideren pertinentes a los Ayuntamientos Municipales, por ser la instancia superior cuyo propósito es coordinar, planear y ejecutar en el ámbito de su competencia, las políticas públicas del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como llevar a cabo las acciones que se deriven de los programas y acuerdos del Sistema en el ámbito Estatal, teniendo como fin primordial coordinar a las instancias responsables de salvaguardar la integridad, derechos y 2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 2/4/2014 - Sección Tercera

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaísMéxico

Fecha02/04/2014

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones241

Primera edición20/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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