Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2022 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 15 de junio de 2022

Periódico Oficial No. 229 2a. Sección
mensual obtenido del promedio de la suma de los sueldos percibidos durante los últimos treinta y seis meses de trabajo, dividido entre treinta y seis, y que corresponde a $9,951.83 Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Un Pesos 83/100 M.N., quedando integrada de la siguiente manera:
SGG-ID-PO15569

SUELDO PERSONAL DE CONFIANZA

$

4,546.50

PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE

$

877.24

TOTAL REMUNERACIONES

$

5,423.74

Cinco Mil Cuatrocientos Veintitrés Pesos 74/100 M.N.
Lo anterior en términos de lo dispuesto por los artículos 102 y 110 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha veintiséis de agosto de mil novecientos ochenta y uno, misma que es aplicable de conformidad al artículo Transitorio Décimo del Decreto número 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha dieciocho de febrero de dos mil veinte.
Artículo 2.- En términos de lo dispuesto por el artículo 106 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha veintiséis de agosto de mil novecientos ochenta y uno, misma que es aplicable de conformidad al artículo Transitorio Décimo del Decreto número 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha dieciocho de febrero de dos mil veinte; el monto de la pensión concedida aumentará, al mismo tiempo y en la misma proporción en que se incrementen los sueldos de los trabajadores de confianza.
Transitorios Artículo Primero: El disfrute de esta pensión surtirá sus efectos legales a partir del día siguiente de haber obtenido el último sueldo como trabajador activo, adecuándose a la quincena posterior a su publicación en el Periódico Oficial, de conformidad al calendario de movimientos nominales de la Secretaría de Hacienda.
Artículo Segundo: En cumplimiento a los artículos 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y 13 fracción III de la Ley Estatal del Periódico Oficial, publíquese el presente Acuerdo de Pensión por Vejez en el Periódico Oficial.
Dado en Palacio de Gobierno, Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.- RUTILIO
ESCANDÓN CADENAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS.VICTORIA CECILIA FLORES PÉREZ, SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO.- JAVIER JIMÉNEZ
JIMÉNEZ, SECRETARIO DE HACIENDA.- Rúbricas.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 15/6/2022 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha15/06/2022

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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