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Periódico Oficial de Chiapas del 6/4/2022 - Sección Segunda
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda
miércoles 06 de abril de 2022
Periódico Oficial No. 219 2a. Sección
artículo 137; todos del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para quedar de la siguiente manera:
SGG-ID-PO15050
Artículo 15.- Son facultades y obligaciones del Presidente . . .
I. a la XXIX. . . .
XXX.
Designar al Coordinador de Agencias y Subagencias Municipales.
XXXI.
Proponer al Ayuntamiento el nombramiento de Agentes y Subagentes Municipales.
XXXII.
Las demás que las leyes, Bando de Policía y Gobierno del Municipal, reglamentos y otras disposiciones legales le confieran.
Artículo 17. Para el apoyo . . .
I. a la II. . . .
III.
Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana.
IV. a la VII. . . .
VIII.
Coordinación General de Agencias y Subagencias Municipales, cuyas atribuciones están conferidas en el Reglamento de Agencias y Subagencias del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; y demás disposiciones jurídicas aplicables.
CAPÍTULO IV
De la Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana
Artículo 20. La Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana tendrá las siguientes atribuciones:
I.
Asistir y representar al Presidente en las reuniones y actos que éste le encomiende.
II.
Realizar y convocar las reuniones de gabinete legal y de los gabinetes sectoriales, de manera periódica o cuando así lo solicite el Presidente, para el seguimiento de las acciones de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como de aquellas tareas encomendadas.
III.
Proponer al Presidente, los asuntos que deban desahogarse en las reuniones de Gabinete para su aprobación.
IV.
Propiciar el desarrollo de la gestión municipal con la finalidad de hacerla eficiente y eficaz.
V.
Planear y desarrollar la agenda del gabinete.
VI.
Participar en la planeación y evaluación de la administración municipal.
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