Periódico Oficial de Chiapas del 12/9/2018 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 12 de septiembre de 2018

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Periódico Oficial No. 394 2a. Sección
PUBLICACIONES ESTATALES

Secretaría General de Gobierno Subsecretaría de Asuntos Jurídicos Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales DECRETO NÚMERO 266
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 266
La Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local;
y, CONSIDERANDO
Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo con el pacto federal.
Al respecto, y tomando en consideración la necesidad de actualizar de forma constante el marco jurídico que regula sus relaciones con el gobernado, proveyéndolo de disposiciones legales que le permitan contar con las herramientas necesarias para su desarrollo, que a través de la presente reforma, se busca fomentar y apoyar el desarrollo económico de la entidad, conjuntando esfuerzos con empresas que posibiliten una derrama económica y con ello abonar al incremento en la calidad de vida para la población chiapaneca.
Con la presente reforma al Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, entre otras cuestiones, se pretende que el impuesto que se grava por la enajenación de boletos, billetes o demás comprobantes que permitan presenciar o participar en loterías, rifas, sorteos, concursos o cualquier otro juego permitido por la Ley de la materia, se calcule deduciendo el valor del premio que se entregue, con lo que se busca evitar una doble tributación al gravarse, como en la actualidad, el ingreso total por la enajenación de boletos o billetes, y el valor de los premios.
Por las consideraciones antes expuestas el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido a bien emitir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE LA
HACIENDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 12/9/2018 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha12/09/2018

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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