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Periódico Oficial de Chiapas del 23/5/2018 - Sección Segunda
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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda
miércoles 23 de mayo de 2018
Periódico Oficial No. 368 2a. Sección
PUBLICACIONES ESTATALES
6003
Publicación No. 2563-A-2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 59 fracción XIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 5º y 8º, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 4º, 8º, 54, 55, 56 y demás relativos de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas y, Considerando El ejercicio del notariado es una función de orden público a cargo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, quien la delega a profesionales del Derecho, en virtud de la Patente que para tal efecto les otorga, denominándolos Notarios, los cuales se encuentran investidos de fe pública para autentificar y dar forma a los instrumentos en los que se consignan actos o hechos jurídicos.
La Ley del Notariado para el Estado de Chiapas es el instrumento jurídico que regula el ejercicio de la función notarial, y en el que se proveen los mecanismos y procedimientos para crear notarías, otorgar, modificar y revocar la Patente de Notario expedida por el Ejecutivo del Estado, así también como las sanciones que a éstos aplican, los derechos y obligaciones que le asisten, además de establecer las formas que éstos deben llevar a cabo su actuación.
Dicho ordenamiento legal, establece en sus numerales 54 y 55, el derecho de los Notarios Titulares a tener un Notario Adjunto, el cual tendrá las mismas facultades de ejercicio de la función notarial que el titular y actuará en el protocolo y con el sello de éste, haciendo constar este carácter en todos los instrumentos en que intervenga, además de suplirlo en los casos de las ausencias temporales que se refieren los artículos 74 y 83, de la misma Ley.
Ahora bien, el Licenciado Fernando Rodríguez Narváez, Notario Público número 47 del Estado, con residencia en la ciudad de Tonalá, Chiapas; hizo llegar al Ejecutivo a mi cargo, solicitud fundada en el artículo 54, de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas, a efecto de que se designe a la Licenciada Aurora Guadalupe Ruiz Niño, Notario Adjunto de la Notaria Pública número 47 del Estado, tomando en consideración los méritos profesionales y la experiencia de ese profesional letrado en Derecho, mismos que fueron valorados y estimados en su justa dimensión previo análisis efectuado a la documentación relativa y requisitos legales y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59, fracción XIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 5 y 8, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 54 y 55 de la Ley del Notariado para el Estado de Chiapas, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien emitir el siguiente:
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