Periódico Oficial de Chiapas del 11/4/2018 - Sección Segunda

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 11 de abril de 2018

Periódico Oficial No. 362 2a. Sección
otros: la reducción de las áreas para realizar la pesca, el deterioro de los ecosistemas y la presencia de pescadores furtivos.
En este tenor, y con el ánimo de que gobierno y sociedad se desarrollen a la par, con armonía, y más importante aún, que este aparejamiento se establezca sobre el principio de la legalidad, se hace evidente contar con el fundamento legal, que constriña al Gobierno del Estado a seguir procurando el bienestar de todas aquellas personas que se dedican a esta noble actividad como lo es, la pesca, con el objeto de generar las situaciones que garanticen una mayor productividad y bienestar de las regiones pesqueras de Chiapas.
En este sentido, con la aprobación del Decreto se estará atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, a las pescadoras y pescadores de las regiones Istmo-Costa y Soconusco, que cumplan los requisitos establecidos en las reglas de operación antes aludidas, reciban de manera mensual un incentivo económico, que les permita compensar los bajos ingresos en las épocas de escaza producción, restricción normativa de la actividad pesquera veda o cuando fenómenos naturales repercutan en el desarrollo de la actividad pesquera, logrando con ello, una alternativa de fomento a la productividad pesquera, la cual permita alcanzar un mayor índice de desarrollo humano en dichas regiones, traducidos en una mejor calidad de vida.
Por las consideraciones antes expuestas, el Honorable Congreso del Estado de Chiapas, ha tenido a bien emitir el siguiente:
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
Artículo Único.- Se reforma la fracción XII del artículo 37; y se adiciona la fracción XIII al artículo 37;
ambos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, para quedar redactadas de la siguiente manera:
Artículo 37.- Al Titular de la Secretaría de Pesca y Acuacultura
I.- a la XI.-
XII.- Coordinar la operación del Programa Bienestar Pescando con el Corazón, en apoyo a los pescadores de las regiones Istmo-Costa y Soconusco, como una alternativa de fomento a la productividad pesquera, la cual permita lograr un mayor índice de desarrollo humano en dichas regiones.
XIII.- Los demás asuntos que le correspondan, en los términos de las leyes aplicables y los que le instruya el Gobernador del Estado.
TRANSITORIOS

2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 11/4/2018 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha11/04/2018

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930