Periódico Oficial de Chiapas del 11/4/2018 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 11 de abril de 2018

Periódico Oficial No. 362 2a. Sección
Ahora bien, el proveído de fecha 04 de Diciembre de 2017, el Tribunal Federal determinó declarar fundado el recurso de inconformidad interpuesto por la parte quejosa, contra el auto de fecha 27 de Abril de 2017, en el cual declaró la autoridad federal, cumplida la ejecutoria de amparo, estableciendo los siguientes lineamientos:
El juez de Distrito deberá requerir al Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, con sede en esta Ciudad, para que la constancia a través de la cual tuvo por actualizada en favor del quejoso, la ratificación tácita al cargo que reclama como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Chiapas, a partir del quinde de Enero del Dos Mil Quince, de conformidad con lo dispuesto en la fracción XXII, del artículo 44, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, vigente en la fecha del acto reclamado, la remite al Congreso del Estado, o en su caso, de la Comisión Permanente, para su aprobación.
De igual forma el Juez de Distrito deberá vincular su cumplimiento al Congreso del Estado, o en su caso, a la Comisión de Justicia de la LXVI Legislatura del Congreso del Estado, autoridades también señaladas como responsables, a fin de que una vez que reciban la propuesta de ratificación tácita de Ramiro Antonio García Macías, como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Chiapas, a partir del quince de Enero de Dos Mil Quince, que le remita el Gobernador del Estado, procedan a ratificarla y expedir el nombramiento correspondiente, todo ello, en acato a la ejecutoria de amparo dictada en el recurso de revisión 489/2016.
También se advierte en dicho proveído que la autoridad responsable, Congreso del Estado, que después de haber recibido la constancia a través de la cual tuvo por actualizada en favor del quejoso, Ramiro Antonio García Macías, la ratificación tácita al cargo que reclama como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Chiapas, a partir del 15 de Enero del 2015, de conformidad con lo dispuesto en la fracción XXII, del artículo 44, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, vigente en la fecha del acto reclamado, deberá llevar a cabo el procedimiento legislativo correspondiente, y expedir el nombramiento correspondiente, todo ello, en acato a la ejecutoria de amparo dictada en el recurso de revisión 489/2016.
Asimismo consideró que el Congreso del Estado no cumplió con exactitud lo ordenado por las ejecutorias de amparo dictadas por las superioridades federales; por tanto determinó que lo procedente era requerir nuevamente el cumplimiento a la misma.
La solicitud de cumplimiento radica en, que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 192, de la Ley de Amparo, requiere a la autoridad responsable Congreso del Estado de Chiapas, o en su caso, la Comisión de Justicia de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado, para que dentro del plazo de tres días, contados a partir de la legal notificación del citado proveído, dé cumplimiento a la ejecutoria de amparo en los siguientes términos:
Que tenga por recibida la propuesta de ratificación tácita de Ramiro Antonio García Macías, como Magistrado del Poder Judicial del Estado de Chiapas, a partir del quince de Enero del Dos Mil Quince, que le remitió el Gobernador del Estado.
Asimismo, proceda a llevar a cabo de nueva cuenta el procedimiento legislativo correspondiente a fin de que la ratifique.
En consecuencia a lo anterior, y en estricto cumplimiento a la sentencia de amparo antes mencionada, este Congreso del Estado, tiene por recibida la propuesta de ratificación tácita del licenciado Ramiro Antonio García Macías, al cargo de Magistrado del Poder Judicial del Estado de 11

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 11/4/2018 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha11/04/2018

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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