Periódico Oficial de Baja California del 17/2/2023 (Sección III)
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Fuente: Periódico Oficial de Baja California (Sección III)
17 de febrero de 2023.
PERIÓDICO OFICIAL
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California y estará vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 49, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, imprímase y publíquese el presente Decreto para su debido cumplimiento y observancia.
Dado en el Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Mexicali, Baja California, el dieciséis de febrero dos mil veintitrés.
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