Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/1/2023 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Enero 9 de 2023

PERIÓDICO OFICIAL

Cuarta Sección
Pág. 3

A

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

O
IV
H C
R

ARTÍCULO 1.- Las presentes Normas Generales son de carácter obligatorio y de observancia general para todos los servidores públicos que conforman el INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, que tengan bajo su resguardo o sean usuarios de uno o más bienes muebles propiedad o al servicio del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
ARTÍCULO 2.- Son objeto de las Normas Generales los bienes muebles propiedad y/o al servicio del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, en cuanto a su registro, control, transferencia, uso, resguardo, custodia, daño, baja y disposición final; las revisiones y la determinación de las responsabilidades administrativas; así como, establecer las disposiciones a que deberán sujetarse los servidores públicos del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
que sean resguardantes o usuarios de los bienes muebles objeto de estas Normas.
ARTÍCULO 3.- La aplicación de las presentes Normas Generales les corresponden a todas las áreas del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
ARTÍCULO 4.- Para efectos de estas Normas Generales se entiende por:

I.

A

R

A

P

Administrativo: El titular de la Dirección Administrativa del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES;
II. Almacén: El lugar en donde se resguardan los bienes muebles que no han terminado su vida útil y no están bajo resguardo de un servidor público del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES;
III. Avalúo: Es el resultado del proceso de estimar en dinero el valor de un bien mueble a una fecha determinada, en el que se indica su valor tomando como base sus características físicas, su ubicación y su uso, mediante una investigación formal y análisis de mercado.
IV. Baja: La separación de un bien mueble del patrimonio del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES;
V. Bien mueble: Todo aquel que puede trasladarse fácilmente de un lugar a otro incluyendo vehículos propiedad o al servicio del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES;
VI. Bienes no útiles, aquellos:
a Cuya obsolescencia o grado de deterioro imposibilita su aprovechamiento en el servicio;
b Aún funcionales pero que ya no se requieren para la prestación del servicio;
c Que se han descompuesto y no son susceptibles de reparación;
d Que se han descompuesto y su reparación no resulta rentable;
e Que son desechos y no es posible su reaprovechamiento, y f Que no son susceptibles de aprovechamiento en el servicio por una causa distinta de las señaladas;
VII. Comité: Comité de Bienes Muebles del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES;

XV.

A

XIII.
XIV.

LT

XI.
XII.

U

X.

Control Patrimonial; El área conformada por el personal de activos del INSTITUTO DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, que depende de la Dirección Administrativa y se encarga de mantener actualizados los registros patrimoniales, a través de inventarios de mobiliario, equipo y padrón vehicular, así como vigilar el buen uso y cuidado de ellos;
Dictamen técnico: El documento en el que se describe el bien y se exponen las razones que motivan su no utilidad, así como en su caso el reaprovechamiento parcial;
Disposición final: Acto a través del cual se determina la situación patrimonial de un bien mueble que será según las circunstancias de cada caso, la transferencia, donación, enajenación o destrucción, sin que lo anterior se considere de manera estricta en el orden descrito;
Enajenación: La transmisión de dominio de la propiedad de un bien mueble;
Estatuto: El Estatuto Interno del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES;
INCyTEA: INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES;
Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno del INSTITUTO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES;
Inventario Global: El documento administrativo emitido por Control Patrimonial, en el que se describen a detalle las características de la totalidad de los bienes muebles, identificados por el número de inventario asignado en su registro inicial, adscritos al INCyTEA, mismo que está validado mediante
S

IX.

N

O

C

VIII.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/1/2023 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha09/01/2023

Nro. de páginas114

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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