Periódico Oficial de Aguascalientes del 2/2/2014 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Febrero 3 de 2014

PERIÓDICO OFICIAL

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
PABELLÓN DE ARTEAGA, AGS.
EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN
ELVIRA GUERRERO CORTEZ, falleció el día 20 de agosto de 1985 en Zacatecas, Zac., siendo sus padres MANUEL GUERRERO Y APOLONIA
CORTEZ.
Convóquese personas que se crean con derecho al Intestado de dicha persona, presentarse ante este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación de este edicto.
Expediente número 0835/2013.
Pabellón de Arteaga, Ags., a 11 de junio de 2013.
EL C. SECRETARIO, LIC. ALFONSO ZAVALA GALINDO.

A-558297

JUZGADO CUARTO DE LO MERCANTIL
AGUASCALIENTES, AGS.
EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN
UNIÓN DE CRÉDITO REGIONAL, S.A. DE C.V.
Por este conducto se hace de su conocimiento que GABRIEL CORTÉS MACÍAS y MARÍA DEL
CARMEN MÁRQUEZ AGUAYO, le demanda en la Vía de PROCEDIMIENTO ESPECIAL HIPOTECARIO, por el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:
PRIMERA.- Para que por sentencia firme se declare y ordene su señoría cancelar la hipoteca que pesa sobre el inmueble ubicado en la calle Laureles, números 702, 704, 704A y 704B esquina con Azaleas de la Colonia Las Flores de esta ciudad de Aguascalientes, Ags., inscrita bajo el número 34, del Libro 642, de la Sección Segunda en el Registro Público de la Propiedad, bien inmueble que consta de una superficie de ciento cincuenta y seis metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: Al NORTE, en veinticinco metros y linda con la calle Laureles;
al SUR, en la misma medida de veinticinco metros, lindando con fracción de lote 62-D; al ORIENTE, en seis metros veinticinco centímetros y linda con calle Azaleas; y al PONIENTE, en seis metros veinticinco centímetros y linda con lote 63-D, dicho inmueble se encuentra inscrito bajo el número 438, del Libro 115
de la Sección Primera del Municipio de Aguascalientes; y el motivo por el cual se demanda la Cancelación del Gravamen que reporta dicho bien inmueble lo es porque a la fecha ha transcurrido un término de más de diez años en el que se hizo exigible a los suscritos en nuestro carácter de acreditado, y aún en contra de ella la deuda que garantiza el crédito hipotecario, es decir porque a la fecha se encuentra prescrita cualquier acción en mi contra, esto independientemente de dicho crédito fue debida y oportunamente cubierto por nuestra parte, pero debido a la negativa por parte de la ahora demandada a entregarnos el finiquito y la cancelación de la hipoteca, nos vemos
Cuarta Sección
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en la imperiosa necesidad de reclamar mediante este juicio la cancelación de la hipoteca, nos vemos en la imperiosa necesidad de reclamar mediante este juicio la cancelación de ese gravamen.
SEGUNDA.- Como consecuencia de la prestación anterior, mediante sentencia firme se ordene al C. Director del Registro Público de la Propiedad en el Estado, cancele la inscripción del gravamen que pesa sobre el inmueble que nos ocupa a nombre del suscrito y que se han detallado en la prestación anterior, el cual se encuentra inscrita bajo le número 34, del Libro 642, de la sección segunda en el Registro Público de la Propiedad y como consecuencia de lo anterior, se cancele ese gravamen inscrito sobre el bien inmueble registrado bajo el número 438, del Libro 115, de la Sección Primera de esta Municipalidad.
TERCERA.- Por el pago de los gastos y costas que se originen por motivo de la tramitación de este juicio.
Por este conducto se le emplaza, haciéndole saber que dispone del término de treinta días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto para que produzca contestación si tuviere excepciones que oponer.
Asimismo se le hace saber que las copias de traslado quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado para que se imponga de su contenido, debiendo señalar domicilio para oír notificaciones con apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se harán por medio de Estrados del Juzgado y las no personales, por medio de Lista de Acuerdos, de conformidad a lo señalado en los Artículos 105 y 115
del Código de Procedimientos Civiles del Estado.
Expediente número 2062/2012.
Aguascalientes, Ags., 18 de diciembre de 2013.
LA C. PRIMERA SECRETARIA, LIC. HERMELINDA MONTAÑEZ GUARDADO.
A 562737
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
RINCÓN DE ROMOS, AGS.
EDICTO TERCERA PUBLICACIÓN
VICTORIA RODRÍGUEZ LÓPEZ, falleció el día 27 de julio 2006, siendo sus padres AMBROSIO
RODRÍGUEZ y MA. ISABEL LÓPEZ.
Convóquese personas que se crean con derecho a la presente Intestamentaria a fin de que se presenten al local de este Juzgado a deducirlo y justificarlo dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación de este edicto.
Expediente número 0156/2012.
Rincón de Romos, Ags., a 9 de enero del 2014.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. LAURA SUSANA RODRÍGUEZ LARA.
B-230655

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 2/2/2014 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha02/02/2014

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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