Periódico Oficial de Aguascalientes del 31/12/2022 - Sección 3ra.

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Diciembre 31 de 2022

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Pág. 3

A

VI. Ayudas: Las aportaciones de recursos públicos en numerario o en especie otorgadas por el Gobierno del Estado de Aguascalientes, a través de las Dependencias y Entidades a personas, instituciones y diversos sectores de la población para propósitos sociales.

O
IV
H C
R

VII. Balance Presupuestario: La diferencia entre los ingresos totales incluidos en la Ley de Ingresos del Estado y los gastos totales considerados en el Presupuesto de Egresos, con excepción de la amortización de la deuda.
VIII. Balance Presupuestario de Recursos Disponibles: La diferencia entre los Ingresos de Libre Disposición, incluidos en la Ley de Ingresos, más el Financiamiento Neto y los Gastos No Etiquetados considerados en el Presupuesto de Egresos, con excepción de la amortización de la deuda.
IX. Clasificaciones: Es el orden y la distribución de las Asignaciones Presupuestales con el fin de sistematizar la orientación del Gasto Público, registrar y analizar su estructura, conforme a las diferentes formas vigentes para presentar las previsiones de recursos públicos, manteniendo los criterios de la armonización contable.
X. Clasificación Administrativa: Aquella que tiene como propósitos básicos identificar las unidades administrativas a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas, mediante su integración y consolidación, tal como lo requieren las mejores prácticas y los modelos universales establecidos en la materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito de Sector Público de cada orden de gobierno y por ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.

R

A

P

XI. Clasificación Funcional del Gasto: Aquella que agrupa los gastos según los propósitos u objetivos socioeconómicos que persiguen los diferentes entes públicos. Presenta el gasto público según la naturaleza de los servicios gubernamentales brindados a la población. Con dicha clasificación se identifica el presupuesto destinado a funciones de gobierno, desarrollo social, desarrollo económico y otros no clasificados; permitiendo determinar los objetivos generales de las políticas públicas y los recursos financieros que se asignan para alcanzar éstos.

A

XII. Clasificación por Fuentes de Financiamiento: Aquella que presenta los gastos públicos según los agregados genéricos de los recursos empleados para su financiamiento. Esta clasificación permite identificar las fuentes u orígenes de los ingresos que financian los egresos y precisar la orientación específica de cada fuente a efecto de controlar su aplicación.

C

XIII. Clasificación por Objeto del Gasto: Establece el registro de los gastos que se realizan en el proceso presupuestario. Resume, ordena y presenta los gastos programados en el presupuesto, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, servicios, activos y pasivos financieros.
Alcanza a todas las transacciones que realizan los entes públicos para obtener bienes y servicios que se utilizan en la prestación de servicios públicos y en la realización de transferencias, en el marco del Presupuesto de Egresos.

N

O

XIV. Clasificación por Tipo de Gasto: Aquella que relaciona las transacciones públicas que generan gastos con los grandes agregados de la clasificación económica, presentándolos en corriente; gasto de capital; amortización de la deuda y disminución de pasivos; pensiones y jubilaciones; y participaciones.

XVI. CONAC: Consejo Nacional de Armonización Contable.

U

XVII. Contraloría: La Contraloría del Estado de Aguascalientes.

S

XV. Clasificación Programática: Establece la clasificación de los programas presupuestarios de los entes públicos, que permitirá organizar, en forma representativa y homogénea, las asignaciones de recursos de los programas presupuestarios.

A

LT

XVIII. Cuenta Pública: El informe que el Poder Ejecutivo rinde al Poder Legislativo, sobre su Gestión Financiera, a efecto de comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia, registro contable y aplicación de los ingresos y egresos incluidos los ingresos de naturaleza federal, durante el Ejercicio Fiscal que comprende del 1º de enero al 31 de diciembre de cada año, se ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conforme a los criterios y con base en los programas aprobados del Poder Ejecutivo, donde se incluye a la administración pública descentralizada y paraestatal; así como el informe de los Órganos Autónomos, el Poder Legislativo y el Poder Judicial.
XIX. Dependencias: Las definidas como tales en la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, incluyendo sus órganos desconcentrados; mismas que son objeto de control presupuestario directo por parte de la SEFI.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 31/12/2022 - Sección 3ra.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaísMéxico

Fecha31/12/2022

Nro. de páginas372

Nro. de ediciones471

Primera edición30/10/2000

Ultima edición28/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2022>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031