Periódico Oficial de Aguascalientes del 18/1/2021 - Sección 2da.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Pág. 10

Segunda Sección
PERIÓDICO OFICIAL

A

anterior, con fundamento en los artículos 105, 115 y 119 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Enero 18 de 2021

mil setenta, de fecha trece de enero del año dos mil veintiuno, pasada ante la fe del suscrito Notario, en la que me manifestaron lo siguiente:

O
IV
H C
R

Expediente número 1405/2016.
Aguascalientes, Ags., a 30 de noviembre de 2020.

I.- Toda vez que, en la disposición testamentaria mencionada el Testador designó como Heredera a SANJUANA RODRÍGUEZ SANDOVAL, acepta la herencia que se instituye en su favor.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS,
LIC. ALEJANDRA IVETHE DE LA FUENTE GARCÍA.
0534

II.- El Testador designó como Albacea de la sucesión a SANJUANA RODRÍGUEZ SANDOVAL, en su carácter de Albacea, por lo que manifestó haber aceptado su nombramiento y protestado desempeñarlo legal y fielmente.

Tramitación Notarial de Testamentaria a bienes del señor PEDRO LÓPEZ CASTILLO, con fundamento en los artículos 774, 775 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado.

III.- Que se ha declarado la validez del testamento conforme a la ley, toda vez que se han cumplido los requisitos previstos para ello.

Hago del conocimiento público que la señora SANJUANA RODRÍGUEZ SANDOVAL en su calidad de Albacea y Heredera Universal de la sucesión testamentaria del señor PEDRO LÓPEZ CASTILLO, exhibiendo los documentos referidos en el artículo 775 del citado ordenamiento legal, por lo que fue levantada el acta correspondiente bajo el número treinta y ocho mil doscientos treinta y uno, volumen
Aguascalientes, Ags., a 13 de enero del año 2021.

15 EN 15

AVISO NOTARIAL

IV.- Que se procederá a practicar el inventario y avalúo de los bienes.

P

Atentamente:

1751

A

R

A

Lic. Roberto Ramírez Brand, Notario Público Número 37.

SECCIÓN DE AVISOS

S

N

O

C
ÍNDICE:

Pág.

U

Judiciales y generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..2

LT

CONDICIONES:

Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicación se hará por lo menos tres días antes de aquélla. Artículo 35 Constitución Local.

A

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 18/1/2021 - Sección 2da.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

PaísMéxico

Fecha18/01/2021

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones866

Primera edición10/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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