Periódico Oficial de Aguascalientes del 1/4/2013 - Sección 2da.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Abril 1º de 2013

PERIÓDICO OFICIAL

Segunda Sección
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vidades de control que se realizan en el nivel preventivo en que se desenvuelve la protección a la salud como parte fundamental del contexto de la Salud Pública.
Con el procesamiento adecuado de la información que se genera a través de la operación de los programas y acciones de las diferentes instituciones que conforman el sector salud en el Estado de Aguascalientes nos permitirá una evaluación cuantitativa de logros y alcances; es importante mencionar que actualmente existen diferentes tipos de sistemas y métodos de información en cada una de las instituciones que atienden la salud en la Entidad; sin embargo, es primordial que contemos con un programa sectorial que defina y unifique las acciones que se han de seguir para el logro de los objetivos.
Filosofía de Gobierno La tarea de salud, es fundamental para el Estado, por lo que habrá de fijar metas que beneficien el desarrollo de la población con una plena confianza en que se velará por tener una total calidad de vida, en donde el objetivo primordial será contar con cobertura total en los servicios de salud en la atención primaria evitando con ello, que las familias de Aguascalientes se trasladen en búsqueda de soluciones, una atención de especialidad en una infraestructura adecuada, bien equipada y fortalecida que permita una atención que brinde confianza y esperanza para la solución de su enfermedad.
Este Gobierno vigilará constantemente, el cumplimiento de cada uno de los propósitos de todos los actores de la salud, así como la evaluación constante de sus procesos a través de indicadores nacionales e internacionales que muestren el rumbo de este sector y que permitan ubicar a nuestra entidad como un Estado sano.
Marco Normativo Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes Sección Sexta de la Secretaría de Salud Artículo 34. A la Secretaría de Salud corresponde, además de las atribuciones que expresamente le confieren las legislaciones Federal y Estatal en la materia, el despacho de los siguientes asuntos:fracciones I XXIV.
Ley de Salud del Estado de Aguascalientes Título primero, Disposiciones generales, capítulo único Artículo 1º. La presente Ley es de orden público e interés social, tiene aplicación en el Estado de Aguascalientes y su objeto es la protección de la salud y establecer las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud proporcionados por el Estado y la concurrencia de éste y sus Municipios en materia de salubridad local, en términos del Artículo 4º de la Constitución Política 12 de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Salud. A falta de disposición expresa será supletoria de esta Ley las disposiciones contenidas en la Ley General de Salud. Artículo 2º. Fracción I VIII.
Artículo 3º.
Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes Título primero, Disposiciones generales, Capítulo I, del Instituto Artículo 4º. El Instituto tiene por objeto la prestación de los servicios de salud a la población abierta en el Estado, de conformidad con la Ley General, la Ley Estatal, la Ley, sus reglamentos, el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en la Entidad, así como con los acuerdos, convenios y programas que, sobre la materia, suscriba el Poder Ejecutivo del Estado.
Artículo 5º. Fracción I XXII
Artículo 140 Frac. II. La atención en establecimientos especializados a menores y ancianos en estado de abandono o desamparo y personas con discapacidad sin recursos;
Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico Artículo 1º. El presente ordenamiento tiene por objeto regular la estructura, organización y facultades de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico para el Estado, cuyo objeto es contribuir a resolver los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos en general y los prestadores de dichos servicios, conforme a las disposiciones de su ley de creación.
Ley que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico Artículo 4º. La COESAMED tendrá por objeto contribuir a resolver los conflictos suscitados entre los usuarios de los servicios médicos en general y los prestadores de estos.
Ley General de Asistencia Social Federal versión 1/06/2011
Artículo 4º Frac. VI. Personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales.
Artículo 12. Se entienden como servicios básicos de salud en materia de asistencia social los siguientes: I. Los señalados en el Artículo 168 de la Ley General de Salud:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 1/4/2013 - Sección 2da.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

PaísMéxico

Fecha01/04/2013

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones866

Primera edición10/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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