Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/7/2011 - Sección 2da.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

Julio 4 de 2011

PERIODICO OFICIAL

PRESIDENCIA MUNICIPAL
SAN FRANCISCO DE LOS ROMO, AGS.
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30 FRACCIÓN IV, 32, 35 DE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES; 14, 36 FRACCIONES I, XXI, XXXIX, XLV Y LVIII, 38 FRACCIÓN V, 47, 105, 116 Y 122 DE LA LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO
DE AGUASCALIENTES; 80 FRACCIONES I, XXIV, XLII, XLVII Y LX, 81 FRACCIÓN V, 89 FRACCIÓN I, 90, 95, 96 Y 98 DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE SAN
FRANCISCO DE LOS ROMO; ESTE H. AYUNTAMIENTO EMITE EL SIGUIENTE:
DECRETO POR EL QUE SE ELEVA A
RANGO DE DELEGACIÓN MUNICIPAL
A LA COMUNIDAD DE LA ESCONDIDA.
Lo anterior al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES:
I.- Con fecha 1 de marzo de 1992 se publicó en el Periódico Oficial, la reforma al artículo 9º de la Constitución Política del Estado, la cual otorgó la categoría de Municipio a la entonces Delegación del Municipio de Aguascalientes, San Francisco de los Romo;
II.- Con fecha 4 de julio de 2010, se llevó a cabo elección para la renovación de los Poderes Estatales y Ayuntamientos en el Estado de Aguascalientes;
III.- Con fecha 7 de julio de 2010, en Sesión Extraordinaria, el Consejo del Cuarto Distrito Local Electoral, llevó a cabo el cómputo definitivo de la elección de Ayuntamiento para el Municipio de San Francisco de los Romo, Ags., obteniendo la mayoría de votos la planilla encabezada por el C. FRANCISCO JAVIER
GUEL SOSA, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2013;
IV.- Con fecha 31 de diciembre de 2010, la planilla ganadora tomó posesión en Sesión Solemne de Cabildo, protestando guardar la Constitución Federal de la República, la particular del Estado y las leyes que de ellas se emanen.
Una vez manifestados y dejando constancia de los anteriores, se hace conveniente hacer las siguientes:
CONSIDERACIONES:
I.- De los artículos 2 y 3 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, se desprende que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Francisco de los Romo se encuentra sustentado en las bases establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, atribuyéndosele la organización de la comunidad en la gestión de sus intereses, protección y fomento de los valores de la convivencia local, así como la prestación de los servicios básicos que ésta requiera;
II.- Los órganos de Administración y Gobierno del Municipio de San Francisco de los Romo, se encuentran ante la necesidad de una reorganización
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en la estructura de las delegaciones y comunidades, en búsqueda de la adaptación a las nuevas condiciones socioeconómicas y con el fin de tener como resultado un aparato administrativo que responda a los requerimientos actuales de los gobernados;
III.- En virtud de lo anterior, en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 7 de abril de 2011, acta número 13/2011, el Presidente Municipal, Profr. Francisco Javier Guel Sosa, propuso al pleno elevar a rango de Delegación Municipal a la comunidad de La Escondida, al Comisario Municipal a la categoría de Delegado, así como la designación del Subdelegado Municipal;
IV.- Al desahogarse el punto VII del Orden del Día, siendo éste el correspondiente al análisis, discusión y aprobación, en su caso, de la iniciativa de reforma a los Artículos 3 y 99 del Código Municipal de San Francisco de los Romo, Ags., a fin de elevar a rango de Delegación Municipal a la comunidad de La Escondida, al Comisario Municipal a la Categoría de Delegado, así como la designación del Subdelegado Municipal, se determinó por los integrantes del Cabildo, el siguiente:
PUNTO RESOLUTIVO:
ÚNICO: Los Integrantes del Cabido aprueban que se eleve a rango de Delegación Municipal a la comunidad de La Escondida, por un lado, y al Comisario Municipal a la Categoría de Delegado, por otro.
Publíquese.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.
TRANSITORIO:
ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Lo anterior a fin de que surta los efectos legales a que haya a lugar, firman quienes intervinieron en el presente Decreto, a los 15 días del mes de abril de 2011.
Profr. Francisco Javier Guel Sosa, PRESIDENTE MUNICIPAL.
José Chávez Rentería, SÍNDICO MUNICIPAL.
Profr. J. Guadalupe Hernández Fuentes, PRIMER REGIDOR.
Silvia Alaniz, SEGUNDO REGIDOR.
Profr. Daniel Serrano Herrera, TERCER REGIDOR.
Profr. Guillermo de la Cruz Prieto.
CUARTO REGIDOR.
Profr. Francisco Javier Guajardo, QUINTO REGIDOR.
Ing. Sergio Joel Rodríguez Quiroz.
SEXTO REGIDOR.
Elías Sandoval Ramírez.
SÉPTIMO REGIDOR.
Lic. Sonia María de Lira Jiménez.
OCTAVO REGIDOR.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 4/7/2011 - Sección 2da.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 2da.

PaísMéxico

Fecha04/07/2011

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones866

Primera edición10/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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