Gaceta Oficial de Venezuela del 25/11/2022 - Ordinaria

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

CXLIX
- MES
AÑO CL
- MES
II XI

Caracas, viernes 25 de noviembre de 2022

SUMARIO
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
OCHINA
Providencia mediante la cual se dicta el Reglamento Interno del Servicio Desconcentrado Oicina Coordinadora de Hidrografía y Navegación.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
INCRET
Providencias mediante las cuales se otorga la Jubilación Especial, a las ciudadanas y al ciudadano que en ellas se mencionan.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
Inmobiliaria Nacional, S.A.
Providencia mediante la cual se corrige la Providencia Administrativa N 005-2022, de fecha 15 de septiembre de 2022, publicada en la Gaceta Oicial de la República Bolivariana de Venezuela N 42.483, de fecha 14 de octubre de 2022, en los términos que en ella se indican.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA
Resolución mediante la cual se corrige por error material la Resolución N 040, de fecha 22 de octubre de 2022, publicada en la Gaceta Oicial de la República Bolivariana de Venezuela N 42.499, de fecha 7 de noviembre de 2022, conforme a la cual se designa al ciudadano Richard Frank Flores Galíndez, como Director General Encargado, de la Oicina de Tecnologías de Información y Comunicación, de este Ministerio.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA DEFENSA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DESPACHO DEL MINISTRO
DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DESCONCENTRADO DE LA OFICINA
COORDINADORA DE HIDROGRAFÍA Y NAVEGACIÓN OCHINA
212º, 163º y 23º
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N.º 0001
Quien suscribe el ciudadano Vicealmirante JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ
TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.352.944, Director General del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación OCHINA, según consta en Resolución Nº 047109 de fecha 23 de agosto de 2022, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.457, de fecha 07 de septiembre de 2022, procediendo de conformidad con las atribuciones contenidas en el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Faros y Boyas y del Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática, el cual fue dictado por el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.010 del 17 de octubre de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto N 4.076 de fecha 20 de diciembre de 2019, mediante el cual se dicta Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.786 del 20 de diciembre de 2019.

Dicta el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO
DEL SERVICIO DESCONCENTRADO
OFICINA COORDINADORA DE HIDROGRAFÍA Y NAVEGACIÓN

C API TU LO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto Artículo 1. El presente Reglamento Interno tiene por objeto establecer y desarrollar la organización, el número y funciones de las dependencias administrativas del Servicio Desconcentrado la Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación OCHINA, como prestador del Servicio Público de Carácter Estratégico denominado Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática SINSEMA.
Naturaleza de la OCHINA
Artículo 2. La Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación es un Servicio Desconcentrado sin personalidad jurídica, con capacidad de gestión presupuestaria, administrativa y financiera, con autonomía funcional, dependiente jerárquicamente del
Número Número 42.439
42.513

Ministerio del Poder Popular para la Defensa, encargado de la recaudación, administración e inversión de la tasa establecida en la Ley de Faros y Boyas, para el fortalecimiento y disponibilidad del Servicio Público de Carácter Estratégico.
Siglas Artículo 3º. El Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, podrá utilizar conjunta o separadamente, las siglas OCHINA, para todos los efectos administrativos y jurídicos.
Competencia General Artículo 4º. El Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, se encarga de ejercer las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye al Ejecutivo Nacional en materia del Servicio Público de Carácter Estratégico denominado Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática SINSEMA.
Competencias Artículo 5º. Son competencias del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Faros y Boyas y del Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática, las siguientes:
1. El desarrollo, operación, mantenimiento y control de los instrumentos que integran el Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática;
2. La administración de los recursos provenientes por la recaudación de la tasa creada por la Ley de Faros y Boyas;
3. La autorización, coordinación, supervisión, desarrollo y ejecución de actividades científicas e hidrográficas, oceanográficas, de meteorología marina, de cartografía y publicaciones náuticas, de señalización acuática y otras ayudas a la navegación en todos los espacios acuáticos e insulares, sujetos a la soberanía y jurisdicción de la república, con la participación estratégica de la Armada Bolivariana a través del Servicio de Hidrografía y Navegación;
4. La producción, venta y distribución de Cartas Náuticas como parte de su proceso productivo, sin incluir el Cartografiado Náutico;
5. La publicación de avisos a los navegantes;
6. La publicación de la Tabla de Distancias entre Puertos Nacionales.
7. Las que le asigne el presente reglamento, las demás leyes, providencias administrativas e instrumentos normativos.
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN
Sección I
Estructura Organizativa Organización Artículo 6º. La organización del Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, garantiza la óptima prestación del Servicio Público de Carácter Estratégicos de Ayudas a la Navegación Acuática, a través de una estructura basada en procesos y criterios de coordinación, la cual fijará las competencias y atribuciones de las unidades internas de este Servicio Desconcentrado.
Niveles Jerárquicos Artículo 7º. El Servicio Desconcentrado Oficina Coordinadora de Hidrografía y Navegación, estará integrado por:
Nivel Superior:
1. Dirección General.
Nivel De Apoyo:
1. Oficina de Planificación y Presupuesto.
2. Oficina de Gestión Interna:
División de Gestión Administrativa, División de Asesoría Jurídica, División de Tecnología de la Información y la Comunicación y División de Gestión Humana.
Nivel Sustantivo:
1. Dirección de Recaudación de los Servicios de Señalización y Otras Ayudas a la Navegación.
2. Dirección de Servicios de Ayudas a la Navegación
Nivel Operativo Desconcentrado Territorialmente:
1. Delegación Regional Capital.
2. Delegación Regional Central.
3. Delegación Regional Oriental.
4. Delegación Regional Occidental.
5. Delegación Regional Guayana.
6. Delegación Regional Insular.

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de Venezuela del 25/11/2022 - Ordinaria

TítuloGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

PaísVenezuela

Fecha25/11/2022

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones317

Primera edición02/01/2013

Ultima edición22/05/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930