Gaceta Oficial de Venezuela del 31/08/2022 - Ordinaria

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Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

AÑO CXLIX - MES XI

Caracas, miércoles 3112
dede agosto dede 2022
Caracas, viernes agosto 2022

SUMARIO

La
Vicepresidenta
42.439
Número 42.452

Ejecutiva,
designada
mediante
Decreto
N 3.464 publicado en la Gaceta Oficial de la República
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Resolución mediante la cual se otorga el beneicio de Jubilación Reglamentaria, al ciudadano Rafael Navarro Longa.

Bolivariana de Venezuela N 41.419, de fecha 14 de junio de 2018, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 239

de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 48 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
Resolución mediante la cual se decide la terminación del Procedimiento de Intervención del Cuerpo de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil del estado Mérida, Coronel B Vicente Campo Elías.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE COMERCIO NACIONAL
SUNDDE
Providencia mediante la cual se constituye la Comisión de Contrataciones de esta Superintendencia, la cual estará conformada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se indican, como Miembros Principales y Suplentes.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA ENERGÍA ELÉCTRICA
Resoluciones mediante las cuales se otorga la Orden al Mérito Don Luis Zambrano, en sus Primera, Segunda y Tercera Clases, a las ciudadanas y ciudadanos que en ellas se mencionan.

Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en el numeral 2, Parágrafo Segundo del artículo 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, concatenado con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley del Estatuto sobre Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Funcionarias o Empleados o Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios, RESUELVE
Artículo
1.

Otorgar
el
beneficio
de
JUBILACIÓN

REGLAMENTARIA, al ciudadano RAFAEL NAVARRO LONGA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.159.840, de cincuenta y ocho 58 años de edad, quien desempeña el cargo de
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECTOR GENERAL E, adscrito a la Oficina de Gestión Humana de la Vicepresidencia de la República y que cumple con el requisito de tiempo de servicio de treinta y tres 33 años en la Administración Pública Nacional.

VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DESPACHO DE LA VICEPRESIDENTA EJECUTIVA
NÚMERO: 010/2022 CARACAS, 29 DE AGOSTO DE 2022
AÑOS 212, 163 y 23

Artículo 2. El monto correspondiente por concepto de Jubilación es por la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES
CON SESENTA
CÉNTIMOS Bs. 650,60
mensuales.
VICEPRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Artículo 3. Los recursos necesarios para el otorgamiento de esta jubilación serán previstos con cargo al presupuesto de Gastos de
Por cuanto, mediante Punto de Cuenta N 024, se aprobó el beneficio de JUBILACIÓN REGLAMENTARIA, al ciudadano RAFAEL NAVARRO LONGA, titular de la cédula de identidad Nº
la Vicepresidencia de la República.
Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir
V-6.159.840, con una remuneración mensual de SEISCIENTOS

de la notificación de esta Resolución, fecha ésta, cuando se
CINCUENTA BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS Bs.

procederá a la exclusión del ciudadano indicado en el artículo 1

650,60, equivalente al OCHENTA POR CIENTO 80,00%

de la presente Resolución de la nómina del personal activo de la
del sueldo promedio de los últimos doce 12 meses de servicio
Vicepresidencia de la República, conforme a lo dispuesto en el
activo desempeñado.

artículo 11 del Reglamento de la Ley del Estatuto sobre Régimen
Por cuanto, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Sobre el
Empleados o Empleadas de la Administración Pública Nacional, de
Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y
los Estados y de los Municipios.

de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Funcionarias o
Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.156 Extraordinario de fecha 19 de noviembre
Comuníquese y publíquese, Por el Ejecutivo Nacional,
de 2014, en su artículo 11 establece que el monto de las pensiones será el equivalente hasta el Ochenta por Ciento 80%
del último salario base devengado por el trabajador o trabajadora y nunca será menor el salario mínimo nacional, La
Vicepresidenta
Ejecutiva,
designada
mediante
Decreto
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Vicepresidenta Ejecutiva

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de Venezuela del 31/08/2022 - Ordinaria

TítuloGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

PaísVenezuela

Fecha31/08/2022

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones317

Primera edición02/01/2013

Ultima edición22/05/2023

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