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Gaceta Oficial de la República de Panamá del 18/1/2021
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Fuente: Gaceta Oficial de la República de Panamá
No. 29199
Gaceta Oficial Digital, lunes 18 de enero de 2021
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modalidad pr€sencial, bajo el amparo de la sociedad anónima denominada Pro-Education Investments, s,A., inscrita a folio No. lss6s41s2, cuya representante legal es Ia señora Gloria Mireya Echeverría Dorantes, con cedula de identidad No.N-20-1007.
ARTÍCULO 2. La attoización que se establece en el artículo anterior tcndrá vigencia mientras la institución educativa curnpla con las disposiciones relativas a la educación particular, establecidas en el rítulo III, capínrlo III, del Texto único de laly 47 de 1946, Orgánica de Educación y su reglamentación contenida en el Decreto Ejecutivo No. 466 de l4 de agosto de 2018.
ARTfcrILo 3.. ,a representante legal del colegio Integral de Azuero queda obligada a notjficade previamente al Ministaio de Educación cualguier cambio de los diseños
curriculares, implementación de nuevas ofertas académicas y el traslado de sus instalaciones del centro educativo a un lugar distinto al señalado en este Resuelto.
Para su debido registro, el nuevo local deberá cumplir con las normas de seguridad y demás requisitos exigidos en la ley y zu reglamortación.
De no cumplir con lo anterior, la Dirección Regional de Educación correspondiente no firmará los certificados ni diplomas expedidos por dicho ce,ntro de enseñanza.
ARTÍCULO 4. En caso de cierre del cerito educativo, la r€,presentante legal del centro educativo lglegro Integral de Azuero retnitirá el registro de los alumn-os y toda la documentación relacionada con el funcionamiento del centro educativo a la birección Regional de Educación respectiva.
ARTÍCULO 5. Este Resuelto empezará
a
regir a partir de su firma.
FUNDAMENT0 DE DERECHO: Título III, capitulo III,
der Texto único de laty 47 de 1946, orgánica de Educación y el Decreto Ejecutivo No. 466 de l4 de agosto de 201-g,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
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