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Gaceta Oficial de la República de Panamá del 10/4/2013
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Fuente: Gaceta Oficial de la República de Panamá
No 27263
Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de abril de 2013
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República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE N. 8_
De 9 de abril de 2013
Que modifica el artículo 91 del Decreto de Gabinete N. 36 de 17 de septiembre de 2003
EL CONSEJO DE GABINETE, en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Gabinete N. 36 de 17 de septiembre de 2003, se establece una política nacional de hidrocarburos en la República de Panamá y se toman otras medidas;
Que el artículo 91 del Decreto de Gabinete N. 36 de 17 de septiembre de 2003, modificado por el Decreto de Gabinete N. 25 de 29 de septiembre de 2008, fija las tasas por trámites y prórrogas en concepto de servicios suministrados por la Secretaría Nacional de Energía;
Que mediante estudio realizado por la Secretaría Nacional de Energía de las tasas que se cobran por servicio, se ha determinado que las mismas no se ajustan a la realidad del mercado de los combustibles fósiles, sus derivados y biocombustibles, por lo que deben adecuarse en base al grado de inversión, actividad, tiempo de duración y tipo de servicio;
Que se hace necesaria la modificación de las tasas por servicio, para que las mismas sean cónsonas con la realidad del mercado, DECRETA:
Artículo 1. Se modifica el artículo 91 del Decreto de Gabinete N. 36 de 17 de septiembre de 2003, modificado por el Decreto de Gabinete N. 25 de 29 de septiembre de 2008, que queda así:
Artículo 91. Tasas Por Servicio. Se fijan las tasas por trámites y prórrogas en concepto de servicios suministrados por la Secretaría Nacional de Energía. Dichas tasas serán las siguientes:
Concepto
Tasa por trámites y prórrogas B/.
Contratos:
1.
2.
Contrato de Zona Libre de Combustible.
Contrato para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos.
25 000,00
25 000,00
Permisos:
1.
2.
3.
Usuario de Zona Libre de Combustible Tipo A.
Usuario de Zona Libre de Combustible Tipo B.
Proveedor de Productos Derivados de Petróleo a través de Barcazas u otras Naves.
5 000,00
2 000,00
5 000,00