La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 19/3/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 54 Jueves 19 de marzo del 2020
siguiente acuerdo que en lo conducente dice: Acuerdo: 1- Nombrar al señor Martín Leonardo Contreras Cascante, cédula de identidad 5 0301 0243 como miembro del sector pesquero, representante de las organizaciones de pescadores o acuicultores de la provincia de Guanacaste en la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura INCOPESCA elegido de la terna presentada por la Asociación Cámara de Pescadores Armadores y Actividades Afines de Guanacaste, terna compuesta por la persona que en este acto se elige y por los señores Edwin Murillo Tenorio cc.
Edwin Tenorio Marchena cédula de identidad 5 0287 0784 y Emilio Peralta Zúñiga cédula de identidad 6 0191 0777. 2- Dicho nombramiento rige a partir del 10 de marzo de 2020 y por el resto del periodo legal correspondiente hasta el 30 de junio de 2022. 3-Con la finalidad de que el señor Martín Leonardo Contreras Cascante, por este acto nombrado como miembro de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura INCOPESCA, rinda su juramento conforme lo exigen los artículos once y ciento noventa y cuatro de la Constitución Política; se comisiona al señor Carlos Elizondo Vargas, en su calidad de Secretario del Consejo de Gobierno, para que conforme a las facultades que le otorga el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, convoque al señor Martín Leonardo Contreras Cascante para esos efectos y rinda el juramento correspondiente. Acuerdo firme por unanimidad.
Carlos Elizondo Vargas, Secretario del Consejo de Gobierno.1 vez. IN2020446244 .

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Resolución MCJ-CE-001-2020.Ministerio de Cultura y Juventud.San José, a las ocho horas del 21 de febrero del año dos mil veinte.
Resultando:
I.Que mediante la Ley N 7600 denominada Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad, del 29 de mayo de 1996, se establecen las disposiciones generales para que las personas con discapacidad contaran con un valioso instrumento legal que les brindara desde entonces la posibilidad de exigir que se cumplan sus derechos como seres humanos y costarricenses.
II.Que el Reglamento a la Ley N7600 dado por Decreto Ejecutivo N 26831-MP de 23 de marzo de 1998, publicado en La Gaceta N 75, del 20 de abril de 1998, fija las disposiciones generales que en torno a esta Ley se debe cumplir.
III.Que mediante la Ley N8862, denominada Ley de Inclusión y Protección de las personas con discapacidad en el Sector Público del 16 de agosto de 2010, se señala que se reservará cuando menos un porcentaje de un 5% de las plazas vacantes en la Administración Pública, para ser cubiertas por las personas con discapacidad, siempre que existan ofertas de empleo y se superen las pruebas selectivas y de idoneidad que corresponda.
IV.Que este 5% se encuentra normado en el Reglamento a la Ley N 8862 dado por Decreto Ejecutivo N 36462-MPMTSS del 02 de febrero del 2011, en el que se establecen las disposiciones referentes a la reserva del 5% de las plazas vacantes en la Administración Pública para ser cubiertas por las personas con discapacidad, siempre que existan ofertas de empleo y se superen las pruebas selectivas y de idoneidad que corresponda.
V.Que el Reglamento a la Ley N 8862, en el artículo 4, decreta la necesidad de crear en cada institución una Comisión Especializada, conformada por: el Director de la Unidad de Recursos Humanos quien la coordinará, un representante de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad y preferiblemente un especialista en terapia ocupacional o en su defecto un profesional en psicología. Dicha Comisión tendrá por objetivo primordial en velar por el efectivo cumplimiento del Reglamento a la Ley N8862 a nivel institucional, para lo cual realizará anualmente un estudio para identificar los puestos que serán objeto de una reserva de no menos de un 5% de las plazas vacantes para ser ocupadas por personas con discapacidad.

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VI.Que la Política Institucional en materia de oferta de empleo para las personas con discapacidad fue aprobada por el Sr. Dennis Portuguez Cascante, Viceministro Administrativo, mediante el oficio DVMA-1035-2015, de fecha 28 de setiembre 2015.
VII.Que la Comisión Especializada del Ministerio de Cultura y Juventud, emitió el Informe Técnico CE-01-2019, en el cual se identifican las posibles plazas vacantes a reservar para las personas con discapacidad del año 2019, el cual fue trasladado al Sr. Dennis Portuguez Cascante, Viceministro Administrativo, delegado mediante Acuerdo N 315-P de fecha 09 de junio del 2015.
VIII.Que mediante Oficio DVMA-0228-2020, de fecha 18
de febrero del 2020, el Sr. Dennis Portuguez Cascante, Viceministro Administrativo, autoriza la utilización de siete puestos, a fin de cumplir con la Ley de Inclusión y Protección de las personas con discapacidad en el Sector Público N 8862.
Considerando:
En virtud de lo regulado en la Ley de Inclusión y Protección de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, N 8862
y su Reglamento, dictado mediante el Decreto Ejecutivo N
36462-MP-MTSS que establecen las disposiciones referentes a la reserva del 5% de las plazas vacantes en la Administración Pública, para ser cubiertas por las personas con discapacidad, siempre que existan ofertas de empleo y se superen las pruebas selectivas y de idoneidad que corresponda, es necesario, a efecto de cumplir con la normativa vigente proceder a reservar el 5% de las plazas vacantes en el Ministerio de Cultura y Juventud se incluyen los Programas y entes adscritos que no cuentan con un Gestor de Recursos Humanos Auxiliar. Por tanto, El Ministerio de Cultura y Juventud, con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden; así como, con base en el estudio técnico y las recomendaciones emitidas por la Comisión Especializada.
RESUELVE:
I.Publicar en el Diario Oficial La Gaceta, la siguiente lista de puestos que serán incluidos en la reserva del 5% de los puestos vacantes del Ministerio de Cultura y Juventud que incluye los Programas y entes adscritos que no cuentan con un Gestor de Recursos Humanos Auxiliar que serán ocupados por personas con discapacidad, los que corresponden al año 2019:

II.Notificar la presente Resolución a la Dirección General de Servicio Civil, a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria STAP y a la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
III.Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese.
Sra. Sylvie Durán Salvatierra, Ministra de Cultura y Juventud.1 vez.O. C. N 3400042540.Solicitud N 0042020. IN2020445737 .

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 19/3/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha19/03/2020

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones5348

Primera edición01/01/2003

Ultima edición26/04/2024

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