Diario Oficial de la Unión Europea del 15/11/2021 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

15.11.2021

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 402/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DELEGADO UE 2021/1972 DE LA COMISIÓN
de 11 de agosto de 2021
que complementa el Reglamento UE 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura y por el que se modifica el Reglamento UE 2017/1004, mediante el establecimiento de los criterios para el cálculo de los costes adicionales en que incurren los operadores por la pesca, la cría, la transformación y la comercialización de determinados productos de la pesca y la acuicultura de las regiones ultraperiféricas
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento UE 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento UE 2017/1004 1, y en particular su artículo 36, apartado 6,
Considerando lo siguiente:

1

Con arreglo al artículo 24 del Reglamento UE 2021/1139, el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura FEMPA puede apoyar la compensación de los costes adicionales en que incurran los operadores por la pesca, la cría, la transformación y la comercialización de determinados productos de la pesca y la acuicultura de las regiones ultraperiféricas de la Unión contempladas en el artículo 349 del Tratado.

2

De conformidad con el artículo 35 del Reglamento UE 2021/1139, para cada región ultraperiférica, el Estado miembro de que se trate debe describir en el plan de acción mencionado en dicho artículo la metodología para el cálculo de la compensación de los costes adicionales.

3

En virtud de lo dispuesto en el artículo 36, apartado 6, del Reglamento UE 2021/1139, la Comisión está facultada para adoptar actos delegados en los que se establezcan los criterios relativos al cálculo de los costes adicionales derivados de las desventajas específicas de las regiones de que se trate.

4

A fin de garantizar una aplicación armonizada y la igualdad de trato de todas las regiones afectadas e impedir una compensación excesiva de los costes adicionales, es necesario establecer los criterios para el cálculo de los costes adicionales derivados de las desventajas específicas de las regiones ultraperiféricas de la Unión. Los criterios comunes que se utilicen deben garantizar la aplicación de un método de cálculo homogéneo de los costes adicionales en todas las regiones de que se trata.

1 DO L 247 de 13.7.2021, p. 1.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 15/11/2021 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha15/11/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones9772

Primera edición03/01/1986

Ultima edición07/06/2024

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