Diario Oficial de la Unión Europea del 30/12/2020 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

30.12.2020

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 440/1

II
Actos no legislativos
ACUERDOS INTERNACIONALES
Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de la República de la India para la cooperación en el ámbito de la investigación y el desarrollo de los usos pacíficos de la energía nuclear LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA, denominada en lo sucesivo, la Comunidad o Euratom, por una parte, y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA, en lo sucesivo denominado la India, por otra, denominados en lo sucesivo conjuntamente las Partes,
DESEANDO desarrollar una cooperación científica y tecnológica estable y a largo plazo en los ámbitos de los usos pacíficos y no explosivos de la energía nuclear de interés común, sobre la base del beneficio mutuo y la reciprocidad y de conformidad con sus respectivas legislaciones y obligaciones internacionales;
TENIENDO EN CUENTA el Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de la India firmado en 2002, al amparo del cual se ha desarrollado una cooperación activa, así como intercambios de información;
TENIENDO EN CUENTA, en particular, el Acuerdo de cooperación entre el Gobierno de la República de la India y la Comunidad Europea de la Energía Atómica en el ámbito de la investigación sobre la energía de fusión, que entró en vigor el 17 de mayo de 2010;
TENIENDO EN CUENTA la importancia de la ciencia y la tecnología para el desarrollo económico y social de la Comunidad y de la India;
TENIENDO EN CUENTA la necesidad de fomentar la aplicación de los resultados de la cooperación científica y tecnológica para su beneficio económico y social común;
TENIENDO EN CUENTA que la Comunidad y la India llevan a cabo actualmente actividades de investigación y desarrollo en el ámbito de los usos pacíficos de la energía nuclear y que la participación en las actividades de investigación y desarrollo de la otra Parte redundará en beneficio mutuo, sobre la base de la reciprocidad;
CONSIDERANDO que la cooperación en el ámbito de los usos pacíficos de la energía nuclear entre la Comunidad y la India estimularía aún más la investigación en áreas de interés común;
REAFIRMANDO el respaldo del Gobierno de la India, de la Comunidad y de los Gobiernos de sus Estados miembros a los objetivos del Organismo Internacional de Energía Atómica OIEA, en lo sucesivo denominado el Organismo;
CONSIDERANDO que tanto la India como la Comunidad y todos sus Estados miembros mantienen acuerdos específicos de salvaguardias con el Organismo;
CONSIDERANDO que el Acuerdo de salvaguardias entre la India y el Organismo prevé una cooperación con la India en el ámbito de los usos pacíficos de la energía nuclear y en el ulterior desarrollo del programa nuclear civil de la India con carácter estable y a largo plazo;

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 30/12/2020 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha30/12/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9749

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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