Diario Oficial de la Unión Europea del 25/6/2020 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

25.6.2020

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
L 201/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DELEGADO UE 2020/866 DE LA COMISIÓN
de 28 de mayo de 2020
por el que se modifica el Reglamento Delegado UE 2016/10 por el que se completa el Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la valoración prudente en el marco del artículo 105, apartado 14, del Reglamento UE n.o 575/2013
Texto pertinente a efectos del EEE
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento UE
n.o 648/2012 1, y en particular su artículo 105, apartado 14, párrafo tercero, Considerando lo siguiente:
1

El artículo 9, apartado 5, el artículo 10, apartado 6, y el artículo 11, apartado 3, del Reglamento Delegado UE
2016/101 de la Comisión 2 disponen que, en lo que respecta a las entidades que calculan los ajustes de valoración adicionales AVA con arreglo al enfoque principal establecido en ese mismo Reglamento, los AVA individuales por incertidumbre de los precios de mercado, por costes de cierre y por el riesgo asociado a la utilización de un modelo deben determinarse con referencia a un nivel de seguridad del 90 % basado en las condiciones de mercado aplicables en el momento del cálculo. Ese Reglamento también especifica un enfoque de agregación para el cálculo del total de los AVA a nivel de categoría con base en esos AVA individuales, que tiene en cuenta los solapamientos entre AVA
individuales que se producen en la agregación de esas categorías de AVA.

2

La expansión de la pandemia de COVID-19 ha ocasionado niveles extremos de volatilidad en los mercados financieros de todo el mundo, afectando a muchas clases de activos. Esa situación ha generado unos aumentos excepcionales en la dispersión del precio de los activos y en los diferenciales comprador-vendedor. Por tanto, se espera que los AVA individuales computados al nivel de las exposiciones objeto de valoración se incrementen significativamente en comparación con los niveles de momentos normales.

3

El ajuste de los AVA individuales a nuevas condiciones de mercado es un proceso normal. No obstante, se prevé que, debido a la pandemia de COVID-19 y las decisiones de las autoridades públicas de detener la actividad económica en una gran cantidad de sectores, la agregación de AVA individuales aumentados de forma significativa tenga unas repercusiones desproporcionadas en los importes de los AVA agregados. Las normas de valoración prudente, por tanto, deben ser revisadas de forma que, además de establecer un factor de agregación que pueda usarse en condiciones normales de mercado, también dispongan que las entidades deben aplicar un factor de agregación más elevado para este período concreto de extrema volatilidad en los precios de mercado y de perturbación sistémica debidas a la pandemia de COVID-19.

4

Es de esperar que la extrema volatilidad de mercado surgida como consecuencia de la pandemia de COVID-19
remitirá a medida que la pandemia, como se espera, se controle en los próximos meses. Por tanto, el factor de agregación más alto solo se aplicará a la duración prevista de la extrema volatilidad del mercado combinada con la perturbación sistémica, que actualmente se prevé que se prolongue hasta el 31 de diciembre de 2020.

5

Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado UE 2016/101 en consecuencia.

1 DO L 176 de 27.6.2013, p. 1.
2 Reglamento Delegado UE 2016/101 de la Comisión, de 26 de octubre de 2015, por el que se completa el Reglamento UE
n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la valoración prudente en el marco del artículo 105, apartado 14 DO L 21 de 28.1.2016, p. 54.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 25/6/2020 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha25/06/2020

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones9749

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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