Diario Oficial de la Unión Europea del 25/5/2020 - Sección Legislación
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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación
25.5.2020
Diario Oficial de la Unión Europea
ES
L 160/1
II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2020/684 DE LA COMISIÓN
de 18 de mayo de 2020
por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de un nombre inscrito en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas Kaki Ribera del Xúquer DOP
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios 1, y en particular su artículo 52, apartado 2, Considerando lo siguiente:
1
De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento UE n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud de España con vistas a la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Kaki Ribera del Xúquer, registrada en virtud del Reglamento CE n.o 245/2002
de la Comisión 2, modificado por el Reglamento de Ejecución UE n.o 1133/2013 de la Comisión 3.
2
Al tratarse de una modificación que no se considera de menor importancia, de conformidad con el artículo 53, apartado 2, del Reglamento UE n.o 1151/2012, la Comisión ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea 4, en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a, del citado Reglamento.
3
Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento UE n.o 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea relativa al nombre Kaki Ribera del Xúquer DOP.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
1 DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
2 Reglamento CE n.o 245/2002 de la Comisión, de 8 de febrero de 2002, que completa el anexo del Reglamento CE n.o 2400/96
relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas establecido en el Reglamento CEE n.o 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios DO L 39 de 9.2.2002, p. 12.
3 Reglamento de Ejecución UE n.o 1133/2013 de la Comisión, de 7 de noviembre de 2013, por el que se aprueba una modificación menor del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas Kaki Ribera del Xúquer DOP DO L 302 de 13.11.2013, p. 22.
4 DO C 431 de 23.12.2019, p. 41.