Diario Oficial de la Unión Europea del 4/2/2020 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

4.2.2020

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 31/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2020/145 DE LA COMISIÓN
de 3 de febrero de 2020
que modifica el Reglamento de Ejecución UE n.o 433/2012 que establece disposiciones de aplicación del Reglamento de Ejecución UE n.o 1236/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la transmisión de informes e información a la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nororiental LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 1236/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010, por el que se establece un régimen de control y ejecución aplicable en la zona del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Nororiental y se deroga el Reglamento CE n.o 2791/1999 del Consejo 1, y en particular sus artículos 9 y 11, Considerando lo siguiente:
1

El Reglamento UE n.o 1236/2010 establece determinadas medidas específicas de control de las actividades de pesca de la Unión en la zona de la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nororiental CPANE. Las disposiciones de aplicación del Reglamento UE n.o 1236/2010 se establecen en el Reglamento de Ejecución UE n.o 433/2012 de la Comisión 2.

2

De conformidad con el artículo 12, apartado 2, del Reglamento UE n.o 1236/2010, los Estados miembros deben velar por que los informes y la información transmitidos a la Secretaría de la CPANE se ajusten a los formatos de intercambio de datos y a los sistemas de comunicaciones de datos establecidos de conformidad con el artículo 16
del Reglamento de Ejecución UE n.o 433/2012.

3

En su reunión anual de 2018, la CPANE acordó un nuevo sistema electrónico de transmisión de información para la comunicación de datos entre las Partes contratantes y la Secretaría de la CPANE basado en la norma FLUX de las Naciones Unidas 3. La CPANE ha decidido que la Unión Europea ha de ser la primera Parte contratante de la CPANE que implante el nuevo sistema electrónico de transmisión de información. Una vez que la Comisión informe a la Secretaría de la CPANE de que está lista para iniciar la implantación del nuevo sistema de transmisión de información y la CPANE haya determinado que los preparativos técnicos para utilizar la norma FLUX de las Naciones Unidas se han completado, la CPANE ha de decidir una fecha a partir de la cual la nueva norma debe aplicarse para los intercambios de datos. El nuevo sistema de transmisión de información debe utilizarse primero entre la UE y la Secretaría de la CPANE, y las demás Partes contratantes han de implantarlo a más tardar a los dos años de su entrada en vigor.

4

La implantación del nuevo sistema electrónico de transmisión de información requiere trabajos preparatorios a nivel de la Comisión y de los Estados miembros. Para evitar retrasos indebidos en la implantación del nuevo sistema de transmisión de información, es necesario determinar la fecha en la que los Estados miembros de que se trate han de poder implantar los nuevos formatos de intercambio de datos y sistemas de comunicación de datos.

5

La Comisión ha de comunicar la fecha de inicio del período de implantación del nuevo sistema electrónico de transmisión de información a los Estados miembros una vez que la CPANE haya tomado una decisión al respecto.

1 DO L 348 de 31.12.2010, p. 17.
2 Reglamento de Ejecución UE n.o 433/2012 de la Comisión, de 23 de mayo de 2012, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento UE n.o 1236/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un régimen de control y ejecución aplicable en la zona del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Nororiental DO L 136 de 25.5.2012, p. 41.
3 Informe de la 37. reunión anual de la CPANE 13-16 de noviembre de 2018, punto 12.7.
a

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 4/2/2020 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha04/02/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones9749

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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