Diario Oficial de la Unión Europea del 27/11/2019 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

27.11.2019

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 306/1

II
Actos no legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN UE 2019/1953 DE LA COMISIÓN
de 25 de noviembre de 2019
relativo al reembolso, con arreglo al artículo 26, apartado 5, del Reglamento UE n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de los créditos prorrogados del ejercicio 2019

LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos CEE n.o 352/78, CE n.o 165/94, CE n.o 2799/98, CE n.o 814/2000, CE n.o 1290/2005 y CE n.o 485/2008 del Consejo 1, y en particular su artículo 26, apartado 6, Previa consulta al Comité de los Fondos Agrícolas, Considerando lo siguiente:
1

De conformidad con el artículo 12, apartado 2, párrafo primero, letra d, del Reglamento UE, Euratom 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo 2, los créditos no comprometidos destinados a las acciones que financie el Fondo Europeo Agrícola de Garantía FEAGA en virtud del artículo 4, apartado 1, del Reglamento UE
n.o 1306/2013 del Consejo pueden ser prorrogados al ejercicio siguiente. Esa prórroga se limita al 2 % de los créditos iniciales votados por el Parlamento Europeo y por el Consejo y al importe del ajuste que, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento UE n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 3, se haya aplicado a los pagos directos durante el ejercicio anterior.

2

De conformidad con el artículo 26, apartado 5, del Reglamento UE n.o 1306/2013, no obstante lo dispuesto en el artículo 12, apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento UE, Euratom 2018/1046, los Estados miembros deben reembolsar los créditos prorrogados a los que se refiere el artículo 12, apartado 2, párrafo primero, letra d, del Reglamento UE, Euratom 2018/1046, a los perceptores finales sujetos, en el año presupuestario al que se prorroguen los créditos, al porcentaje de ajuste. El reembolso solo es aplicable a los beneficiarios finales de aquellos Estados miembros en los que se haya aplicado la disciplina financiera 4 en el ejercicio anterior.

3

A la hora de fijar el importe de la prórroga que haya de reembolsarse, es preciso que, en aplicación del artículo 26, apartado 7, del Reglamento UE n.o 1306/2013, se tengan en cuenta en el cálculo aquellos importes de la reserva para crisis en el sector agrícola contemplada en el artículo 25 de ese mismo Reglamento que todavía no se hayan facilitado para medidas de crisis al término del ejercicio.

1 DO L 347 de 20.12.2013, p. 549.
2 Reglamento UE, Euratom 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos UE n.o 1296/2013, UE n.o 1301/2013, UE
n.o 1303/2013, UE n.o 1304/2013, UE n.o 1309/2013, UE n.o 1316/2013, UE n.o 223/2014 y UE n.o 283/2014 y la Decisión n.
o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento UE, Euratom n.o 966/2012 DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
3 Reglamento UE n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común y por el que se derogan los Reglamentos CE n.o 637/2008 y CE n.o 73/2009 del Consejo DO L 347 de 20.12.2013, p. 608.
4 De conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento UE n.o 1307/2013, la disciplina financiera no se aplica durante el ejercicio de 2019 en Croacia.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 27/11/2019 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha27/11/2019

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9749

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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