Diario Oficial de la Unión Europea del 20/8/2021 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

C 334/2

Estados miembros
Número de notifica ciones
20.8.2021

Dictámenes circunstanciados 2

Observaciones 1

Propuestas de legislación de la UE

EM

COM

AELC 3 TR 4

EM

COM

6.3 5

6.4 6

Irlanda
7

1

3

0

0

0

0

0

Italia
21

4

4

0

2

0

0

0

Letonia
8

0

3

0

2

0

0

0

Lituania
19

4

7

0

5

3

0

0

Luxemburgo
13

3

3

0

1

0

0

0

Malta
6

1

2

0

0

1

0

0

Países Bajos
63

1

4

0

1

1

0

0

Polonia
21

2

6

0

0

0

0

0

Portugal
1

0

1

0

0

1

0

0

Rumanía
20

7

4

0

1

0

0

0

Eslovaquia
14

0

2

0

0

0

0

0

Eslovenia
10

4

1

0

1

0

0

0

España
26

5

9

0

2

4

0

0

Suecia
69

1

7

0

0

1

0

0

Reino Unido
18

2

2

0

0

0

0

0

854

142

159

0

53

40

0

0

Total UE

1 Artículo 5, apartado 2, de la Directiva.
2 Artículo 6, apartado 2, de la Directiva.
3 La Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 75/2019, de 29 de marzo de 2019, por la que se modifican el anexo II
Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación y el anexo XI Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información del Acuerdo EEE incorpora en este Acuerdo la Directiva UE 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información. Por consiguiente, los países de la AELC signatarios de dicho Acuerdo podrán emitir observaciones en relación con los proyectos notificados por los Estados miembros de la Unión Europea. Suiza también podrá emitir observaciones, sobre la base de un acuerdo informal relativo al intercambio de información en el ámbito de las reglamentaciones técnicas.
4 El procedimiento de notificación en el marco de la Directiva se amplió a Turquía en virtud del Acuerdo de Asociación celebrado con dicho país el Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía DO P 217 de 1964, p. 3687 y de las Decisiones n.o 1/95 y n.o 2/97 del Consejo de Asociación CE-Turquía.
5 El artículo 6, apartado 3, de la Directiva exige a los Estados miembros aplazar la adopción de un proyecto notificado con la excepción de los proyectos de reglamentaciones técnicas relativas a los servicios de la sociedad de la información en doce meses a partir de la fecha en que la Comisión reciba la comunicación si esta comunica su intención de proponer o adoptar una directiva, un reglamento o una decisión sobre este asunto.
6 El artículo 6, apartado 4, de la Directiva exige a los Estados miembros aplazar la adopción de un proyecto notificado en doce meses a partir de la fecha de la recepción por parte de la Comisión de la comunicación si esta comunica que el proyecto se refiere a una materia cubierta por una propuesta de directiva, reglamento o decisión presentada al Parlamento Europeo y al Consejo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 20/8/2021 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha20/08/2021

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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