Diario Oficial de la Unión Europea del 11/9/2020 - Comunicaciones e Informaciones

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

11.9.2020

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
C 301/1

II
Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y
ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

COMISIÓN EUROPEA
Comunicación de la Comisión Actualización de los datos utilizados para el cálculo de las sumas a tanto alzado y las multas coercitivas que propondrá la Comisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los procedimientos de infracción 2020/C 301/01

I.

Introducción
La Comunicación de la Comisión de 2005 sobre la aplicación del artículo 228 del Tratado CE 1 actualmente artículo 260, apartados 1 y 2, del TFUE establece la base sobre la cual la Comisión calcula el importe de las sanciones pecuniarias suma a tanto alzado o multa coercitiva cuya aplicación solicita al Tribunal de Justicia cuando le somete un asunto, al amparo del artículo 260, apartado 2, del TFUE, en el marco de un procedimiento de infracción contra un Estado miembro.
En su Comunicación de 2010 2 sobre la actualización de los datos utilizados para este cálculo, la Comisión estableció que estos datos macroeconómicos han de ser objeto de revisión cada año, a fin de tener en cuenta la evolución de la inflación y del producto interior bruto PIB.
La Comunicación de la Comisión de 2011 sobre la aplicación del artículo 260, apartado 3, del TFUE 3 y la Comunicación de la Comisión de 2017 Derecho de la UE: mejores resultados gracias a una mejor aplicación 4 hacen hincapié en que se aplique el mismo método establecido por la Comunicación de 2005 al cálculo de las sanciones pecuniarias cuya aplicación la Comisión solicita al Tribunal de Justicia con arreglo al artículo 260, apartado 3, del TFUE.
La actualización que figura en la presente Comunicación 5 se basa en la evolución de la inflación y el PIB de cada Estado miembro y del Reino Unido 6, que refleja la capacidad de pago correspondiente. Las estadísticas relativas a la tasa de inflación y al PIB que deben utilizarse son las establecidas dos años antes de la actualización norma t-2, es decir, en 2018, ya que dos años es el período mínimo que se necesita para recopilar datos macroeconómicos relativamente estables. Además, para la actualización de este año, otro factor es la revisión armonizada de las referencias de las cuentas nacionales 7 llevada a cabo por diecisiete Estados miembros y por el Reino Unido, en el segundo semestre de 2019, a fin de incorporar nuevas fuentes de datos y los cambios introducidos en la metodología estadística internacional.
De conformidad con los artículos 127 y 131 del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea 8, durante el período transitorio se mantiene la situación previa en relación con el Reino Unido por lo que respecta a la aplicación y la garantía de cumplimiento del Derecho de la Unión. La Comisión puede iniciar nuevos procedimientos de infracción contra el Reino Unido y proseguir los que ya estén en curso contra ese país. Por consiguiente, las actualizaciones expuestas en la presente Comunicación incluyen actualizaciones de los datos del Reino Unido.
1 SEC2005 1658 DO C 126 de 7.6.2007, p. 15.
2 SEC2010 923/3. Esta Comunicación se actualizó en 2011 SEC2011 1024 final, en 2012 C2012 6106 final, en 2013 C2013
8101 final, en 2014 C2014 6767 final, en 2015 C2015 5511 final, en 2016 C2016 5091 final, en 2017 C2017 8720
final y en 2018 C2018 5851 final a efectos de la adaptación anual de los datos económicos.
3 DO C 12 de 15.1.2011, p. 1.
4 DO C 18 de 19.1.2017, p. 10.
5 Los datos del PIB para la actualización del presente año se extrajeron el 11 de junio de 2020.
6 De acuerdo con las normas generales establecidas en las Comunicaciones de 2005 y 2010.
7 https ec.europa.eu/eurostat/documents/737960/9861115/Benchmark_revisions_2019.pdf 8 Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica DO C 384 I de 12.11.2019, p. 1.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 11/9/2020 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha11/09/2020

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930