Diario Oficial de la Unión Europea del 7/8/2020 - Comunicaciones e Informaciones

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

Diario Oficial
C 259

de la Unión Europea 63.o año Edición en lengua española
Comunicaciones e informaciones
7 de agosto de 2020

Sumario IV

Información INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
2020/C 259/01

Tipo de cambio del euro 6 de agosto de 2020

1

2020/C 259/02

Orientaciones de la Comisión para los paneles de expertos en productos sanitarios respecto de la interpretación coherente de los criterios de decisión en el procedimiento de consulta de la evaluación clínica 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social Decisións n.o H9 de 17 de junio de 2020 relativa a la prórroga de los plazos mencionados en los artículos 67 y 70 del Reglamento CE n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como en la Decisión n.o S9, con motivo de la pandemia de COVID-19 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9

2020/C 259/03

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
2020/C 259/04

ES

Notificación del Gobierno de Dinamarca en aplicación de la Directiva 2009/119/CE del Consejo, por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1 Texto pertinente a efectos del EEE.

10

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 7/8/2020 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031