Diario Oficial de la Unión Europea del 6/3/2019 - Comunicaciones e Informaciones

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

6.3.2019

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

C 84/1

III
Actos preparatorios
BANCO CENTRAL EUROPEO
DICTAMEN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 13 de febrero de 2019
acerca de una propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo relativo a la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica CON/2019/6
2019/C 84/01
Introducción y fundamento jurídico El 19 de diciembre de 2018 el Banco Central Europeo BCE recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen acerca de una propuesta de decisión del Consejo sobre la celebración del Acuerdo relativo a la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Ató mica en lo sucesivo, la decisión propuesta 1.
La competencia consultiva del BCE se basa en el artículo 127, apartado 4, y en el artículo 282, apartado 5, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea TFUE, pues la decisión propuesta afecta al BCE y al Sistema Europeo de Ban cos Centrales SEBC. De conformidad con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.
Observaciones generales 1. El BCE toma nota de la decisión propuesta, por la que se aprueba el Acuerdo relativo a la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica en lo sucesivo, el Acuerdo de Retirada en nombre de la Unión y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica Eura tom. En particular, el BCE toma nota de las disposiciones del Acuerdo de Retirada relativas al reembolso del capital desembolsado aportado al BCE por el Bank of England 2 y a la participación de este en los mecanismos instituciona les establecidos en los artículos 282 y 283 del TFUE y en los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo en lo sucesivo, los Estatutos del SEBC durante el período transitorio 3. El BCE toma nota también de las disposiciones del Acuerdo de Retirada relativas a la aplicación de las disposiciones del derecho de la Unión en materia de acceso a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión en el Reino Unido 4; a la aplicación de ciertos artículos de los Estatutos del SEBC en lo que respecta al BCE en el Reino Unido 5, y a la aplicación de ciertos privilegios e inmunidades al BCE, a los miembros de sus órganos, a su personal y a los representantes de los bancos centrales nacionales BCN en el SEBC, en el Reino Unido 6.
2. Conforme al artículo 50, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea, el Acuerdo de Retirada establece las disposi ciones relativas a la retirada del Reino Unido de la Unión y de la Euratom, teniendo en cuenta el marco de las rela ciones futuras con dicho Estado. La conclusión del acuerdo sobre las relaciones futuras entre la Unión y el Reino Unido tendrá lugar una vez que este se convierta en un tercer país. Según el artículo 127, apartado 4, y el artículo 282, apartado 5, del TFUE, y según la jurisprudencia pertinente de la Unión 7, el acuerdo sobre las relacio nes futuras entre la Unión y el Reino Unido debe consultarse al BCE en lo que afecte a sus competencias.
1 2
3 4
5 6
7

COM 2018 834 final.
Véase el artículo 149 del Acuerdo de Retirada.
Véase el artículo 128, apartado 4, del Acuerdo de Retirada.
Véase el artículo 122 del Acuerdo de Retirada.
Véase el artículo 123 del Acuerdo de Retirada.
Véase el artículo 117 del Acuerdo de Retirada.
Véanse, por ejemplo, las sentencias del Tribunal de Justicia de 30 de abril de 1974, R. & V. Haegeman contra Estado belga, asunto C-181/73, ECLI:EU:C:1974:41, apartado 5, y de 9 de agosto de 1994, República Francesa contra Comisión de las Comunidades Europeas, asunto C-327/91, ECLI:EU:C:1994:305, apartados 15 a 17. Véase también el Dictamen del BCE CON/2005/7. Todos los dictámenes del BCE se publican en su dirección en internet.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 6/3/2019 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha06/03/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31