Diario Oficial de la Federación del 29/04/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Lunes 29 de abril de 2024

DIARIO OFICIAL

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En ese tenor, el gobierno federal creó el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas PAIMEF, como una respuesta específica para promover la formulación e implementación de políticas públicas a nivel local para que, en un marco de derechos humanos y desde la perspectiva de género, se buscara la prevención y atención de la violencia contra las mujeres, así como proporcionarles herramientas para su empoderamiento. Asimismo, busca establecer vínculos entre los tres órdenes de gobierno, a través de las Instancias de Mujeres en la Entidades Federativas para que, como ejecutoras de dicho Programa, propongan, implementen y promuevan acciones interinstitucionales a nivel estatal en coordinación con los municipios, con los tres poderes y actores sociales, desde un abordaje integral de esta problemática.
De esta manera, el PAIMEF contribuye a la generación de condiciones para el desarrollo humano, el ejercicio de derechos, el empoderamiento y la plena inclusión social de mujeres, en el entendimiento de que la violencia de género en su contra son un factor que atenta contra el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, impide su acceso a la igualdad de oportunidades y restringe su incorporación a los procesos de desarrollo social.
Este Programa cuenta con el presupuesto de operación para el Ejercicio Fiscal 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo Vigésimo Segundo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 PEF 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF, el 25 de noviembre del 2023, el cual señala que los recursos asignados ascienden a la cantidad de hasta $334,014,744.00 Trescientos Treinta y Cuatro millones Catorce mil Setecientos Cuarenta y Cuatro pesos 00/100 M.N..
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LFPRH, los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i identificar con precisión la población objetivo;
ii incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Por ello, el 28 de diciembre de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, para el ejercicio fiscal 2024 REGLAS, mismas que tienen por objeto establecer los requisitos y criterios de presentación de los programas anuales que integran las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, mediante los cuales se promueven y operan acciones de prevención y atención.
En virtud de lo anterior y toda vez que LA IMEF ha cumplido con el numeral 2.3 denominado Requisitos y criterios de presentación de los Programas Anuales establecido en las REGLAS, resulta necesario ejecutar el PROGRAMA ANUAL a través del correo electrónico institucional que la Unidad Responsable establezca para tal efecto, para empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por dicho Programa; por lo que LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.

GOBERNACIÓN declara que:

I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la CONSTITUCIÓN; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.

I.2.

De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, GOBERNACIÓN en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.

I.3.

La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 29/04/2024

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha29/04/2024

Nro. de páginas192

Nro. de ediciones3439

Primera edición01/01/2011

Ultima edición05/06/2024

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