Diario Oficial de la Federación del 16/04/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Martes 16 de abril de 2024

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, y el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA REALIZAR ACCIONES DE
BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA
DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE
PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR TERESA
GUADALUPE REYES SAHAGÚN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA CNBP; Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL
GOBERNADOR DEL ESTADO, MANOLO JIMÉNEZ SALINAS, EL SECRETARIO DE GOBIERNO, OSCAR PIMENTEL
GONZÁLEZ, EL SECRETARIO DE FINANZAS, JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, Y EL TITULAR DE LA
COMISIÓN DE BÚSQUEDA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, RICARDO MARTÍNEZ LOYOLA, EN LO
SUCESIVO LA ENTIDAD FEDERATIVA, EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIA DEL SUBSIDIO; Y A QUIENES
ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS PARTES; AL TENOR DE LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES
El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución, señala que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
El artículo 5 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Ley General, refiere que las acciones, medidas y procedimientos establecidos en dicha Ley General son diseñados, implementados y evaluados aplicando los principios de efectividad y exhaustividad; debida diligencia; enfoque diferencial y especializado;
enfoque humanitario; gratuidad; igualdad y no discriminación; interés superior de la niñez; máxima protección;
no revictimización; participación conjunta; perspectiva de género; así como de presunción de vida, y verdad.
Asimismo, el artículo 79 de la Ley General, indica que La búsqueda tendrá por objeto realizar todas las acciones y diligencias tendientes para dar con la suerte o el paradero de la persona hasta su localización, incluidas aquellas para identificar plenamente sus restos en caso de que estos hayan sido localizados. La búsqueda a que se refiere la presente Ley se realizará de forma conjunta, coordinada y simultánea por la Comisión Nacional de Búsqueda y las Comisiones Locales de Búsqueda.
El 13 de mayo de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General, a través del cual se busca fortalecer las funciones de la CNBP, mediante la creación de un Centro Nacional de Identificación Humana, como una unidad administrativa, con independencia técnico-científica, adscrita a la CNBP, con el propósito de hacer frente a la crisis forense mediante procesos especializados en la búsqueda de personas desaparecidas.
En ese contexto, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 publicado en el DOF el 12 de julio de 2019, dispone dentro del Eje General I. Política y Gobierno, que la Prevención del Delito es uno de los ejes estratégicos de la Seguridad Pública, así como que se han impulsado acciones en lo inmediato para consolidar una amplia política de prevención y participación ciudadana.
Por su parte, el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley de Presupuesto, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
El artículo 6 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 PEF 2024, publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023, prevé entre otros que el ejercicio de los recursos federales aprobados para ser transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y a las

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 16/04/2024

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha16/04/2024

Nro. de páginas290

Nro. de ediciones3424

Primera edición01/01/2011

Ultima edición15/05/2024

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