Diario Oficial de la Federación del 10/02/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Jueves 10 de febrero de 2022

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO por el que se dan a conocer los domicilios oficiales de las Oficinas de Representación en Tapachula, Chiapas, de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.Secretaría de Gobernación.- Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
ANDRÉS ALFONSO RAMÍREZ SILVA, Coordinador General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, con fundamento en los artículos 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, apartado C, fracción IV, 114, 115, fracciones I, IV, V, VIII y XI, 146 y 147 fracciones I, VII y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO
Que ante el incremento de los flujos de personas procedentes principalmente de los países que integran el llamado Triángulo Norte de Centro América, conformado por los países de Guatemala, Honduras y El Salvador, a nuestro país, es importante el establecimiento de mecanismos que hagan vigente el pleno ejercicio de sus derechos humanos, particularmente a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado;
Este creciente fenómeno de desplazamiento internacional de los citados países centroamericanos, al que se ha acumulado también un número cada vez mayor de personas procedentes de diversos países de otras latitudes, como Cuba, Haití, y diversos extracontinentales, ha implicado que el número de solicitantes de la condición de refugiado en México se haya incrementado exponencialmente en los últimos años, pasando de 2,137 solicitantes en el año 2014, a 14,596 en el 2017, a 29,630 para 2018, a 70,609 para 2019, a 41,179
para 2020 y de enero a noviembre de 2021 a 123,187 solicitantes;
Tomando en consideración el alza en los números de solicitudes, la cuál ha sido confirmada en los últimos seis años, se hace necesario y urgente el fortalecimiento del programa de atención a solicitantes, refugiados y personas beneficiarias de protección complementaria, pues con tan solo seis oficinas de representación Ciudad de México; Palenque, Chiapas; Tapachula, Chiapas; Acayucan, Veracruz; Tenosique, Tabasco, y Tijuana, Baja California, se ha venido dando respuesta a la obligación del Estado de garantizar el derecho de personas extranjeras a solicitar refugio y asilo en nuestro país, el cual se encuentra contenido en el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que con solo esas seis oficinas de representación se tienen que atender a solicitantes diseminados en las diversas entidades federativas del país, pues la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados no cuenta con representación en todas las entidades federativas de la República Mexicana, teniéndose que apoyar en la coadyuvancia del Instituto Nacional de Migración a través de sus oficinas de representación en las entidades federativas referidas, no obstante lo anterior, y tomando en consideración el crecimiento exponencial de personas que buscan refugio en nuestro país, la colaboración con el Instituto Nacional de Migración, debe ser suficiente para proporcionar una adecuada atención a personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiados y personas que reciben protección complementaria;
Que con motivo del fortalecimiento al programa de atención a solicitantes, refugiados y personas beneficiarias de protección complementaria, el veinticinco de noviembre del año dos mil veinte, en la Ciudad de México, se suscribieron los MECANISMOS DE COORDINACIÓN DE ACCIONES ESTRATÉGICAS Y DE
COLABORACIÓN QUE FORMALIZAN EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN Y LA COORDINACIÓN
GENERAL DE LA COMISIÓN MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS, PARA LA ATENCIÓN OPORTUNA Y
EFICAZ DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS SOLICITANTES DEL RECONOCIMIENTO DE LA
CONDICIÓN DE REFUGIADO, REFUGIADOS Y PERSONAS QUE RECIBEN PROTECCIÓN
COMPLEMENTARIA, GARANTIZANDO EL PLENO RESPETO A SUS DERECHOS HUMANOS;
Que en dicho instrumento se acordó como objetivo, el establecimiento, de manera conjunta, de mecanismos de coordinación de acciones estratégicas y de colaboración para proporcionar una adecuada atención y asistencia institucional a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiados y personas que reciben protección complementaria, así como proporcionarles ayuda humanitaria, primeros auxilios, orientación e información sobre sus derechos, con independencia de su nacionalidad o situación migratoria, durante su permanencia en estaciones migratorias o estancias provisionales o el seguimiento a sus procedimientos ante las oficinas del Instituto Nacional de Migración, con la finalidad de garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos;
Que el apartado II de dicho instrumento, denominado Planteamiento Estratégico, en su inciso e, establece como estrategia para el cumplimiento del objetivo, que el Instituto Nacional de Migración proporcione a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados un espacio físico en las Estaciones Migratorias o Estancias Provisionales para los servidores públicos comisionados de esta última, y

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 10/02/2022

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha10/02/2022

Nro. de páginas194

Nro. de ediciones3436

Primera edición01/01/2011

Ultima edición31/05/2024

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