Diario Oficial de la Federación del 04/12/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Viernes 4 de diciembre de 2020

DIARIO OFICIAL

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En este caso EL AYUNTAMIENTO deberá realizar las acciones correspondientes para adecuar su operación, imagen institucional, mobiliario, supervisión y demás relacionados con el funcionamiento y acondicionamiento de la Oficina Municipal de Enlace a los lineamientos que para tal efecto hubiere dictado la Dirección General de Delegaciones, no excediendo de un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la firma del presente instrumento.
En caso de que no sean aceptados y atendidos los lineamientos de LA SECRETARÍA, se podrá suspender o cerrar temporal o definitivamente la Oficina Municipal de Enlace.
TERCERA.- INMUEBLES.- EL AYUNTAMIENTO destinará un inmueble que se encuentre dentro de la demarcación territorial del Municipio para la operación de la Oficina Municipal de Enlace, el cual deberá ser adecuado para la correcta prestación de los servicios y que cumplan de forma enunciativa más no limitativa con los siguientes requisitos, a juicio de LA SECRETARÍA:
I.

Ubicación en un sitio de fácil acceso para el público;

II.

Seguridad del entorno en el que se encuentre ubicado el inmueble propuesto;

III.

Ser un sitio cerrado, amplio y funcional, con espacio suficiente para el trabajo de oficina y adecuado para la atención al público;

IV.

Deberá ubicarse en planta baja y contar con espacio suficiente para los módulos de atención que se requieran;

V.

Contar con mobiliario, equipo de oficina y de comunicaciones, e instalaciones propicias para prestar el Servicio Biométrico indispensable para la operación;

VI.

Contar con medidas e instrumentos de seguridad necesarios para la debida salvaguarda de los archivos, documentos, mobiliario, así como para el adecuado desempeño de los servicios que ahí se presten;

VII. Contar con sala de espera y sanitarios;
VIII. Garantizar que las áreas de atención al público sean amplias, cómodas, ventiladas, iluminadas e higiénicas;
IX.

Contar con instalaciones adecuadas para personas con discapacidad y personas adultas mayores, y
X.

Que el local destinado sea acondicionado de acuerdo a los lineamientos establecidos por LA SECRETARÍA.

CUARTA.- SEÑALIZACIÓN.- EL AYUNTAMIENTO se compromete a colocar en un lugar visible de la Oficina Municipal de Enlace, la señalización que exige la normatividad establecida por LA SECRETARÍA, y que se refiere cuando menos a:
I.

Los requisitos para obtener cualquiera de los servicios ofrecidos;

II.

La indicación del monto del pago que corresponda de acuerdo a la Ley Federal de Derechos vigente y, en su caso, deberá indicar por separado el monto del cobro que aplique el municipio por brindar el servicio en la localidad;

III.

La indicación clara y precisa de que se trata de una Oficina Municipal de Enlace autorizada por LA SECRETARÍA para la recepción y entrega de documentos y que no es una unidad administrativa de la ya mencionada Secretaría;

IV.

Tablero y buzón de quejas y denuncias en el que se aprecien los datos de contacto de las instancias competentes para conocer de las responsabilidades de los servidores públicos que ejerzan funciones en la Oficina Municipal de Enlace, y
V.

Señalamiento de los módulos de atención al público.

Esta deberá ajustarse a los lineamientos que LA SECRETARÍA emita respecto al texto, tamaño, color, colocación y demás características de las señales y tableros.
En caso de que a juicio de LA SECRETARÍA, se considere que las instalaciones no reúnen los requisitos necesarios de funcionalidad e imagen institucional, EL AYUNTAMIENTO deberá atender de manera inmediata las sugerencias, y en el supuesto de que no sean atendidas LA SECRETARÍA, podrá suspender el procedimiento de autorización para el establecimiento de las Oficinas Municipales de Enlace.
QUINTA.- ACONDICIONAMIENTO DE LOS INMUEBLES.- LAS PARTES acuerdan que el mantenimiento del inmueble, adecuaciones, mobiliario y señalización del mismo, así como todas las obras necesarias para el correcto funcionamiento de la Oficina Municipal de Enlace se realizarán por parte y a cuenta de EL AYUNTAMIENTO, con apego a las indicaciones, parámetros e imagen institucional contenidos en la normatividad aplicable y manuales que al efecto disponga LA SECRETARÍA a través de la Dirección General de Delegaciones.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 04/12/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha04/12/2020

Nro. de páginas360

Nro. de ediciones3452

Primera edición01/01/2011

Ultima edición24/06/2024

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