Diario Oficial de la Federación del 04/12/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Viernes 4 de diciembre de 2020

DIARIO OFICIAL

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QUINTO.- En términos de lo dispuesto en el artículo 7 del Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015, EL AYUNTAMIENTO mediante oficio S/N de fecha 19 de junio de 2019, acusado de recibo el 23 de julio de 2019, presentó ante la Dirección General de Delegaciones la solicitud para el establecimiento de una Oficina Municipal de Enlace en el Municipio de El Grullo, Estado de Jalisco, misma que por su cercanía territorial con el estado de colima, canalizará los tramites a la delegación de La SECRETARIA en Colima, Colima Por lo anterior, previas las acciones de verificación respectivas, el día 17 de enero de 2020, la Dirección General de Delegaciones envió a la Unidad de Administración y Finanzas la dictaminación favorable, a fin de continuar con los trámites para obtener la autorización correspondiente para la apertura de una Oficina de Enlace.
Que mediante el oficio número UAF/00384/2020 de fecha 31 de enero de 2020, la Unidad de Administración y Finanzas informó la procedencia para la apertura de una Oficina Municipal de Enlace con sede en el Municipio de El Grullo, perteneciente al Estado de Jalisco.
SEXTO.- EL AYUNTAMIENTO en este acto manifiesta que es su deseo brindar el apoyo necesario para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Enlace con LA SECRETARÍA, por lo que LAS PARTES se encuentran dispuestas a suscribir el presente instrumento al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:
DECLARACIONES
I. LA SECRETARÍA DECLARA QUE:
I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2.- En términos de lo dispuesto por los artículos 28, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 6 y 7, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el C. Marcelo Luis Ebrard Casaubon, cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.
I.3.- Las Oficinas Municipales de Enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores son oficinas administrativas que dependen económica y administrativamente de una Entidad Federativa o Municipio, según sea el caso, cuyo establecimiento y operación se autoriza por la Secretaría de Relaciones Exteriores mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015.
I.4.- El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que LA SECRETARÍA podrá habilitar unidades móviles u Oficinas Municipales de Enlace para su tramitación mediante la firma de convenios de colaboración administrativa.
I.5.- Asimismo, el artículo 11, fracción XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, establece que el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, tendrá la facultad de someter a consideración del Secretario de Relaciones Exteriores, la apertura o cierre de Oficinas Municipales de Enlace con la justificación que para tal efecto prepare la Dirección General de Delegaciones.
I.6.- De conformidad con el artículo 35, fracciones VIII y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores corresponde a la Dirección General de Delegaciones, proponer la creación de Oficinas Municipales de Enlace, así como promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios que presta la Secretaría, a través del establecimiento de delegaciones y subdelegaciones, que podrán auxiliarse de Oficinas Municipales de Enlace estatales o municipales, mediante la suscripción de convenios de colaboración administrativa, conforme a la normatividad aplicable.
I.7.- Señala como domicilio legal el ubicado en Plaza Juárez número 20 Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio de Colaboración Administrativa.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 04/12/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha04/12/2020

Nro. de páginas360

Nro. de ediciones3421

Primera edición01/01/2011

Ultima edición10/05/2024

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