Diario Oficial de la Federación del 28/07/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 28 de julio de 2020

DIARIO OFICIAL

3

SECRETARIA DE ECONOMIA
ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la aplicación y administración de los recursos recaudados durante el ejercicio fiscal de 2019, del fideicomiso público de administración y pago denominado Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos 34, fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 271 y 275 de la Ley Federal de Derechos vigentes para el ejercicio fiscal de 2019, Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019; 25, fracción IX de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 PND 2019-2024 reconoce como el objetivo más importante de política social alcanzar un país con bienestar, para lo cual el gobierno federal planea impulsar una nueva vía hacia el desarrollo con la participación de la sociedad para construir la modernidad desde abajo, entre todos y sin excluir a nadie.
Que el PND 2019-2024 señala la necesidad de que el sector público fomente la creación de empleos mediante proyectos regionales y obras de infraestructura.
Que el 11 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación DOF, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, en el cual se adicionaron los artículos 268, 269 y 270 a la Ley Federal de Derechos, mediante los que se crearon los derechos especial, adicional y extraordinario sobre minería.
Que el 30 de noviembre de 2018, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para establecer, entre otros, que corresponde a la Secretaría de Economía promover en zonas de producción minera la construcción de obras de infraestructura social, en coordinación con el gobierno de las Entidades Federativas, Municipios y con la participación de los pueblos y comunidades indígenas, así como de los sectores social y privado.
Que la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019 LIF 2019 establece que una proporción de los derechos a que se refieren los artículos 268, 269 y 270 de la Ley Federal de Derechos se destine exclusiva y directamente a las Zonas de Producción Minera en consonancia con el compromiso 27 de los 100 contraídos por el Presidente de México en su discurso del 1 de diciembre del 2018: Se transferirá a las comunidades mineras el impuesto que se cobra a las empresas por la extracción del mineral.
Que el Artículo 25, fracción IX de la LIF 2019, establece que la Secretaría de Economía llevará a cabo las gestiones necesarias a fin de constituir en una institución de banca de desarrollo, un vehículo financiero para administrar el Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera.
Que en cumplimiento a lo establecido previamente, el 29 de marzo de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de fideicomitente único de la Administración Pública Federal y el entonces denominado Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, con la participación de la Secretaría de Economía, llevaron a cabo la celebración del Contrato de Fideicomiso de Administración y Pago Contrato de Fideicomiso, con el objeto de administrar el Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera.
Que el artículo 25, fracción IX de la LIF 2019 antes referido, dispone que en sustitución de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 275 de la Ley Federal de Derechos, para los efectos del artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, no se incluirá en la recaudación federal participable, la recaudación total que se obtenga de los derechos a que se refieren los artículos 268, 269 y 270 de la Ley Federal de Derechos, y se destinará en un 80 por ciento al Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera, en un 10 por ciento a la Secretaría de Economía, y en un 10 por ciento al Gobierno Federal, que se destinarán a lo señalado en el párrafo quinto del artículo 275 de la Ley Federal de Derechos.
Que dicho fundamento legal también establece que los recursos del Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producción Minera serán destinados por la Secretaría de Economía, de manera directa o coordinada con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como sus dependencias y entidades, conforme a los lineamientos que para tales efectos emita y los convenios que, en su caso, suscriban.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 28/07/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha28/07/2020

Nro. de páginas130

Nro. de ediciones3421

Primera edición01/01/2011

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031