Diario Oficial de la Federación del 02/06/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 2 de junio de 2020

DIARIO OFICIAL

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El presente documento describe la estructura orgánica; el organigrama correspondiente; el objetivo y las funciones de cada una de las unidades administrativas del Sector Central y órganos administrativos desconcentrados que conforman la Secretaría.
El presente Manual de Organización General es un instrumento administrativo que sirve como referencia y consulta a los servidores públicos de la Secretaría, de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal APF, y a los particulares, respecto de la organización y funcionamiento de la dependencia.
La coordinación para la integración del presente Manual estuvo a cargo de la Dirección General de Recursos Humanos, y en su elaboración se contó con la participación de las diferentes unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados que integran esta Secretaría, especialmente con el dictamen de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, a efecto de que a través de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, sea sometido a la aprobación de la persona Titular de la Secretaría.
I. ANTECEDENTES
1821
El 18 de noviembre, se dictó el Reglamento Provisional de la Regencia que determinaría las funciones de la llamada Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores que tuvo a su cargo las funciones de Gobierno General. Su primer titular fue José Manuel de Herrera 1821-1823 y tenía como funciones todas las relaciones diplomáticas de las cortes extranjeras; así como de la Dirección de Correos, de las composiciones de caminos, calzadas, puentes y demás y de todo aquello que sea puramente de Estado.
1843
El 12 de junio, se establecieron las Bases de Organización Política de la República Mexicana, en cuyo Artículo 93, se estipulaba que todos los negocios del gobierno estarían a cargo de cuatro Ministerios: de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía; de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria; de Hacienda; y de Guerra y Marina.
1853
El 22 de abril, se expidieron las Bases para la Administración de la República hasta la promulgación de la Constitución. Las atribuciones del gobierno interior se asignaron a las secretarías de Relaciones Interiores, y a la de Relaciones Exteriores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública. El 17 de mayo, el Presidente Antonio López de Santa Anna publicó un Decreto por medio del cual se designaban los ramos correspondientes a cada Ministerio; en este sentido, la Secretaría de Estado y Gobernación tendría las atribuciones relativas a las relaciones interiores.
1861
Con fecha 23 de febrero de ese año, el Presidente Interino Constitucional Benito Juárez expidió un Decreto sobre la distribución de los ramos de la Administración Pública para su despacho entre seis secretarías. En abril de ese mismo año, se redujeron a cuatro las Secretarías de Estado, y se concentraron las funciones de Relaciones Exteriores y Gobernación en una sola dependencia.
1891
El 13 de mayo, el General Porfirio Díaz, mediante Decreto expidió la Ley que reorganiza las funciones del Estado en siete secretarías. Se determinó que a la SEGOB le correspondería la aplicación de medidas en el orden administrativo para la observación de la Constitución; las reformas constitucionales; las elecciones generales; las relaciones con el Congreso de la Unión; derechos del hombre y del ciudadano; la libertad de cultos y policía de este ramo; la policía rural de la Federación; la salubridad pública; las amnistías; la división territorial y límites de los estados; las relaciones con los estados; la Guardia Nacional del Distrito y Territorios;
el Gobierno del Distrito y Territorios Federales en todo lo político y administrativo; así como las elecciones locales, los hospicios, las escuelas de ciegos y sordomudos, la casa de expósitos y asilos, los montes de piedad, las cajas de ahorros, las casas de empeño, las loterías, las penitenciarías, cárceles, presidios y casas de corrección, los teatros y diversiones públicas; las festividades nacionales; el Diario Oficial e imprenta del Gobierno.
1913
El 9 de diciembre, Venustiano Carranza expidió un Decreto mediante el cual se crean ocho secretarías de Estado adscritas a la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista. En ese tiempo, la SEGOB se encargaba del despacho de los asuntos antes mencionados y se le agregaron los correspondientes al Registro Civil.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 02/06/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha02/06/2020

Nro. de páginas332

Nro. de ediciones3421

Primera edición01/01/2011

Ultima edición10/05/2024

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