Diario Oficial de la Federación del 17/03/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Martes 17 de marzo de 2020

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
ACUERDO por el que designa al Titular de Prevención y Readaptación Social como encargado de gestionar los requerimientos que se realicen en materia de telecomunicaciones y recibir la información correspondiente conforme a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como se le delegan las facultades que a continuación se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
FRANCISCO ALFONSO DURAZO MONTAÑO, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción I, 14, 16, 26 y 30 Bis, fracciones I, IX y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; 189, segundo párrafo, y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 11, fracción I, y 40, fracción IX, de la Ley Nacional de Ejecución Penal;
1, 2, fracción I, 3, apartado C, fracciones IV, 5, 45, 46, fracciones III, V, XIX, XXI, XXIII, 53 y 54 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 3 y 8 fracciones II, VII, X y XX
del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social; 1, 2, 3, fracción II, 11, fracción I, 13, fracciones I, II, IV, XVI y XXI, 74, fracciones I y II, y 75, fracción I del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social, y CONSIDERANDO
Que conforme a lo previsto por el artículo 30 Bis, fracciones I y IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a esta Dependencia del Ejecutivo Federal le corresponde formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendentes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes, coadyuvar a la prevención del delito y ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos; así como administrar el sistema penitenciario federal acorde a lo establecido en las disposiciones legales aplicables;
Que los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establecen que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente en los términos que establezcan las leyes; así como que el titular de la instancia de seguridad designará a los servidores públicos encargados de gestionar los requerimientos que se realicen a los concesionarios y recibir la información correspondiente;
Que los artículos 11, fracción I, y 40, fracción IX de la Ley Nacional de Ejecución Penal, 1, 74, fracciones I
y II, y 75, fracción I del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social, disponen que se considera una falta administrativa grave el uso de aparatos de telecomunicación prohibidos, así como que se
encuentra
prohibida
la
introducción
de
teléfonos
celulares
o
satelitales,
radios
o
equipos
receptores-transmisores y cualquier otro instrumento de intercomunicación o sistema de comunicación electrónica, equipo de cómputo u otros dispositivos que por sí o con algún accesorio puedan usarse para comunicaciones no autorizadas;
Que el 30 de abril de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con el fin de establecer su estructura, organización administrativa y funcionamiento, con el objeto de generar las condiciones para la debida conducción de la institución y de los servidores públicos que la integran;

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 17/03/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha17/03/2020

Nro. de páginas420

Nro. de ediciones3427

Primera edición01/01/2011

Ultima edición20/05/2024

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