Diario Oficial de la Federación del 12/02/2020
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Fuente: Diario Oficial de la Federación
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 12 de febrero de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE ECONOMIA
AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo al mes de diciembre de 2019, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL MONTO DEL CUPO MÁXIMO AL MES DE DICIEMBRE DE
2019, PARA EXPORTAR AZÚCAR A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO
ENTRE EL 1 DE OCTUBRE DE 2019 Y EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020
El Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF el 5 de octubre de 2017, establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América EUA azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha.
El Punto 13 del Acuerdo establece la fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, el cual será determinado en toneladas métricas valor crudo. Dicho monto se calculará en julio de cada año, tendrá ajustes ordinarios en los meses de septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero, y será dado a conocer por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior y la Dirección General de Industrias Ligeras de la Secretaría de Economía, mediante avisos publicados en el DOF.
El 17 de septiembre de 2019, se publicó en el DOF el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020, monto que se actualizó en el mes de septiembre de 2019 y se dio a conocer mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 17 de octubre del mismo año, así mismo, mediante Aviso publicado el 27 de diciembre de 2019, se dio a conocer un monto extraordinario de cupo para exportar azúcar refinada a los EUA aplicable al mismo periodo.
En ese sentido, y con fundamento en los artículos 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 fracción IV, 32 fracciones VII y XX, así como 33 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2019, y el Punto 13 del Acuerdo, se da a conocer el siguiente:
AVISO
1.- En cumplimiento a lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación Acuerdo, se da a conocer el monto del cupo total al mes de diciembre de 2019, para exportar a los Estados Unidos de América EUA
azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020:
Monto
Unidad de medida
1,325,777.996
Toneladas métricas valor crudo
2.- Considerando lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo, el monto se determinó conforme a la siguiente fórmula:
CTt+2 = mín Xt+2 Z, Yt+2
Donde:
CTt+2 = Cupo total calculado en diciembre de 2019.
Xt+2 = Necesidades totales de EUA, con base en la publicación del Informe de diciembre de 2019 sobre las estimaciones de la oferta y la demanda agropecuaria mundiales WASDE
por sus siglas en inglés, el cual puede ser consultado a través del URL:
https www.usda.gov/oce/commodity/wasde/wasde1219.pdf Que se calcula de la siguiente manera:
Uso total 1.135-inventarios iniciales-producción de azúcar de caña y remolacha-importaciones bajo arancel-cupo-importaciones bajo otros programas de importación-otras importaciones según precise el WASDE en la nota 5 de la tabla denominada U.S. Sugar Supply and Use Oferta y Uso de Azúcar en Estados Unidos para otras de alto nivel + otras.